21/5/11

Sobre informes confidenciales, una de las piedras angulares de la corrupción en la Universidad. Denuncia al Fiscal General del Estado

Sigue el escrito que presenté el día 11 de mayo de 2011:
AL FISCAL GENERAL DEL ESTADO
Excmo. Sr. D. Cándido Conde-Pumpido Tourón
Yo, Jorge Lirola Delgado, mayor de edad, con DNI 27.494.505-Y, Profesor Titular de Estudios Árabes e Islámicos de la Universidad de Almería, con domicilio a efectos de notificaciones en este procedimiento en 04008 Almería, calle al-Andalus, 9, ante el Fiscal General del Estado comparezco y como mejor proceda en derecho, DIGO:
Me dirijo a Usted, como funcionario público cuya misión es "promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados", para poner en su conocimiento una serie de hechos concretos que estimo que requieren de su actuación, con la petición expresa de que se interese por ellos -Usted o la persona de su confianza en la que delegue su actuación- y, a la vista de su informe, actúe en cumplimiento de sus funciones.
Paso a exponerle los hechos que le pido que compruebe, analice y, a la vista de ello, actúe:
PRIMER CASO: A través de las diligencias practicadas en el contencioso administrativo 511/2007, que se siguió en la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección 3ª, de la Audiencia Nacional, tuve conocimiento de que Dña. María del Pilar García Moutón, investigadora funcionaria del Centro Superior de Investigaciones Científicas de Madrid (C/ Albasanz, 26-28, 28037 Madrid), que actuaba como coordinadora del Área de Filología del Programa Nacional I+D en el año 2005, presentó el proyecto "Colaboración española al Atlas Linguistique Roman y al Atlas Linguarum Europae (3ª etapa)" a la misma convocatoria en la que figuraba como coordinadora y le fueron concedidos 57.400 euros para el periodo 2006-2009. Así lo reconoció ella misma en la prueba testifical practicada el 16 de febrero de 2009, como consta en autos del referido contencioso. Este hecho, en sí mismo, puede constituir un delito al no haberse abstenido cuando debía haberlo hecho, para no ser juez y parte. Curiosamente, la suya es la segunda mayor cantidad de dinero concedido a los 170 proyectos (300 proyectos, si contabilizamos también los no concedidos), para un total de 4 investigadores. Al proyecto que yo coordino se le concedió, en la misma convocatoria, para un total de 7 investigadores y para el mismo periodo, 3.000 euros (habíamos solicitado 20.450 euros).
Como funcionario y ciudadano responsable, en cuanto tuve conocimiento de que posiblemente se había cometido un posible delito o, cuando menos, una grave irregularidad, con fecha del 1 de abril del 2009 puse el tema en conocimiento de Dña. Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, de quien dependía la convocatoria del programa nacional I+D, solicitándole que abriera expediente para contrastar los hechos y aplicar las medidas disciplinarias que correspondiesen. Por decisión que me comunicó la Subdirectora General del mismo ministerio, Dña. Carmen Simón Adiego, se decidió no abrir expediente argumentando, no que los hechos fueron erróneos, sino que habían transcurrido con exceso los plazos de prescripción fijados en materia disciplinaria por el artículo 97 de la ley 7/2007 de 12 de abril en tres y dos años contados a partir de la comisión de las eventuales faltas muy graves y graves y de un mes para las leves, según se me decía.
¿No cree Usted que debía haber abierto el expediente para comprobar los hechos y tipificar la gravedad, pues en aquellos momentos estaba incluso en curso el proyecto de investigación concedido y, a mi entender, los hechos debían ser calificados como graves si es que no como muy graves en lugar de leves?
SEGUNDO CASO.- En las convocatorias de los proyectos de investigación I+D de los años 2004 y 2005 solicité sendos proyectos para realizar distintas fases de un “Diccionario de Autores y Obras Andalusíes”. Los proyectos fueron denegados, aunque en la segunda ocasión la decisión se modificó finalmente. D. Luis Javier Moscoso Sarabia, entonces Jefe del Departamento Técnico de Humanidades y Ciencias Sociales de la Dirección General de Investigación, me emplazó a formular alegaciones en un plazo de 10 días. Con fecha del 7 de octubre del 2005 me personé en las dependencias de la Dirección General de Investigación donde se tramitaba y custodiaba el expediente de la solicitud para poderlo consultar completo, en particular los informes de expertos, y poder alegar con conocimiento de causa, pero el referido funcionario no me lo permitió y se escudó en la confidencialidad de los informes. Por ello, alegué indefensión. Curiosamente, y sin mediar ningún informe nuevo, como consta en el contencioso 511/2007, me fue concedido el proyecto, pasando de tener una puntuación de 40 puntos a 67. Me parecieron graves irregularidades tanto la primera no concesión como la posterior concesión, por el modo en el que se produjo, razón por la que lo denuncié, sin que se hiciera entonces nada, lo cual me parece más grave todavía.
TERCER CASO.- Los proyectos que presenté a las convocatorias de 2004 y 2005 fueron rechazados por contar con informes confidenciales negativos. A través de la actuación judicial, pude conocer a los autores de esos informes confidenciales. Uno de ellos, en ambos años, fue elaborado por Dña. María Jesús Viguera Molíns. Como es bien conocido en el ámbito de los estudios en los que investigo, Dña. María Jesús Viguera era miembro del Comité Asesor de la obra “Diccionario de Autores y Obras Andalusíes” (vol. I), publicado por la Fundación El Legado Andalusí en 2002 (ISBN: 84-932051-6-8), y participó también como autora en la misma obra, que yo dirigía. Esta circunstacia se la ocultó a la coordinadora, Dña. Pilar García Moutón, quien de haberlo sabido seguramente le habría pedido que se abstuviera de emitir informe, como hizo en el caso de D. Julio Samsó, quien sí le informó de que él había participado en una fase anterior, razón por la que no le pidieron que emitiera informe finalmente. Resulta muy llamativo que Dña. María Jesús Viguera, quien, como asesora de la obra, había dado su visto bueno para la publicación, declarara en el informe -seguramente pensando que era confidecial y no trascendería su contenido- que “algunos de los miembros del equipo han contribuido a un volumen de biografías andalusíes, con lagunas considerables”, refiriéndose al volumen en el que había colaborado y había sido asesora. En otro informe no confidencial, sin embargo, había dado su visto bueno (consta en autos del contencioso 1028/2004 y obran en mi poder cartas con su valoración positiva, así como los “informes confidenciales” con su valoración negativa, en los que concluye dando una puntuación de un 2 sobre 6 y señalando que el proyecto es de muy dudosa financiación).
CUARTO CASO.- El otro informe fue realizado en ambos años por Dña. Manuela Marín Niño. Así lo reconoció ella misma ante dos jueces diferentes en cada uno de los procesos, indicando que su “informe confidencial” había sido positivo a la concesión del proyecto. Dicho informe no aparecía en ninguno de los expedientes. Como los funcionarios del Ministerio aseguraban que solamente existían los informes que figuraban en el expediente, era evidente que alguien mentía. Finalmente, los informes de Manuela Marín no aparecieron pues alguien los debió sustraer del expediente en el Ministerio. Los jueces se desentendieron ante esta y otras anomalías que se demostraron en la fase de prueba indicando que el contencioso era “extemporáneo”. Bueno, no todos los jueces, pues el que había actuado como ponenente, asistiendo a los interrogatorios de las pruebas, discrepó al no considerarlo extemporáneo, razón por la que fue sustituido como ponente y hubo de emitir un voto particular, como consta también en autos. Si necesita que le amplíe cualquier extremo, quedo a su disposición para ello. Para la documentación adicional de los casos, le ruego que solicite copia de los contenciosos administrativos nº 1028/2004 y nº 511/2007 que se siguieron en la sección 3 de la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Si necesitara autorización del demandante, que soy yo, desde este mismo momento la tiene.
Aparte de denunciar estos hechos que entiendo punibles, quiero comprobar fehacientemente si eso que nos dicen de que vivimos en un estado de derecho es cierto o no y hasta qué punto, para poder también decirlo públicamente. Un amigo abogado me dice que no sea iluso y que no me crea que vivimos en un estado de derecho, a lo que le digo que, de ser cierto lo que dice, debe ser porque no lo denunciamos y no lo exigimos, empezando por él mismo y otros abogados, que tienen un buen negocio en las reclamaciones que luego no van a ningún puerto, con una justicia lentísima y colapsada, y es posible que tenga razón porque, si realmente hubiera Justica –note que en esta ocasión la escribo con mayúsculas- y los responsables de los abusos hubieran de responder realmente a la responsabilidad que asumen, seguramente no tendría que haber tantas denuncias pues los responsables no se atreverían a cometer los abusos de poder que cometen y que suelen quedar impunes, generalmente por la prescripción o la desidia. De cualquier forma, como considero que el que podamos conseguir un estado de derecho de hecho depende de que lo exijamos a los responsables, como Usted mismo, es por lo que le escribo.
De todo lo anterior se desprende que la piedra angular de estos y de muchos de los abusos que padecemos en nuestras universidades, reside en la confidencialidad de los informes de expertos. Así lo hacen la ANECA (Agencia Nacional de evaluación de la calidad y acreditación), dependiente del Ministerio de Educación, y la ANEP (Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva), dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación. Por ello, le pido que actúe en contra de estas actuaciones pues la legalidad vigente establece que los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones Públicas, tienen derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, a obtener copia de documentos contenidos en ellos, y a identificar a las autoridades y al personal de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramitan los procedimientos, incluidos quienes le emitan los informes. Esta práctica puede incluso llegar a ocultar una presunta malversación de fondos públicos, por las irregularidades en las concesiones, que son millonarias.
Resulta, además, llamativo que esta confidencialidad sólo se mantenga hasta que haya una intervención judicial pues me consta por experiencia que los jueces no entienden de confidencialidad en este tipo de informes y consideran un abuso de poder ocultarse en el anonimato, además de una patente de corso para la arbitrariedad y la posible creación de mafias.
Por otro lado, dada la funcionalidad de los informes, es condición necesaria de su eficacia que sean realizados por personas competentes en las materias en las que se permiten opinar. La omisión de su identificación imposibilita por completo toda labor de crítica hacia esas personas cuyos juicios de valor pueden perjudicar a los interesados, quienes quedan entonces indefensos ante semejante arbitrariedad, prohibida taxativamente por nuestra Constitución (artículo 9.3). Según entiendo, es un abuso de las instituciones que practican esa confidencialidad en los informes y resulta desproporcionado que sólo con la intervención de los jueces se pueda romper esa confidencialidad.
Mi intención última con estas denuncias es acabar con algo que entiendo que es ilegal de por sí, pero bastante extendido en los Ministerios de Educación y Ciencia e Innovación, los informes confidenciales, tras los cuales se esconde, por lo que he documentado en mi Área, una gran corrupción, y, si se extrapola al resto, seguramente sería escandaloso lo que podríamos encontrar investigando sobre el tema, por lo que le ruego que requiera a las autoridades correspondientes que se acabe de una vez por todas con los informes confidenciales, de forma que los autores de los mismos se responsabilicen de sus juicios en relación con lo/s informado/s.
Desde mi punto de vista, el problema de los I+D+I en España no es sólo que se haya de dedicar más dinero a este capítulo, sino que se gestione con una mayor transparencia sus concesiones, pues la utilización de los informes confidenciales consiguen una opacidad que favorece que, por lo que he comprobado, haya una importante corrupción.
A la espera de sus actuaciones, reciba un atento saludo de
Jorge Lirola Delgado

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