Los jueces de la Sección 6ª de lo
Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional han amparado lo que yo
entiendo anomalías graves de la ANECA y ello a pesar de que un informe de
expertos encargado por el Ministerio de Educación llamaba la atención sobre las
ilegalidades, de las que no han querido saber nada los referidos jueces, que
son: Ana Isabel Resa Gómez (la que ha redactado la sentencia), María
Asunción Salvo Tambo, Concepción Mónica Montero Elena, Lucía Acín
Aguado y Javier Eugenio López Candela, que la han suscrito.
Adelanto, antes de analizar en
detalle la sentencia, cuáles entiendo yo que son los tres puntos cruciales:
1)
Confidencialidad. La ANECA sigue protegiendo la identidad de los expertos que
emiten cada informe hasta que el asunto llega al juzgado, en el que se rompe
esa opacidad, si se pide la información. Los jueces no han querido pronunciarse
al respecto de esta mala práctica que favorece la corrupción. Incluso no me han
permitido que Maribel Fierro y Francisco Franco, los primeros expertos a
los que la ANECA pidió que emitieran los informes, aclararan porqué renunciaron
a hacerlo dejándome unos y otros en indefensión, pues después me juzgaron personas
de otras áreas de conocimiento diferentes a la mía.
2)
La falta de profesionalidad. Según la ANECA y los referidos jueces, te pueden
evaluar profesionales de otras áreas distintas a la tuya, siempre y cuando sean
de “artes y humanidades”, sin que los magistrados se refieran a cuál es el
respaldo legal de su decisión. La ley
7/2007 del Estatuto del Empleado Público, sin embargo, requiere, en su artículo
55, “profesionalidad de los miembros de los órganos de selección”. No creo que
sean expertos en lo mismo un profesor de árabe y otro de música.
3)
La falta de responsabilidad. En realidad, las calificaciones no las conceden
los supuestos expertos, sino la Comisión y sin desglose pormenorizado. Es como
cuando antes te daban la factura con el montante total sin desglose de los
artículos. De esa forma no se puede comprobar si es discrecionalidad técnica,
que es lo que dice la ANECA y los referidos jueces, o arbitrariedad, como
sostengo yo. Huele mal. Según la Comisión y así también lo aceptan los
referidos jueces, los informes de los expertos no sirven de nada pues no son
vinculantes, ni siquiera en la parte técnica y académica, de modo que los
miembros de la Comisión pueden aprobar a alguien que cuente con pésimos informes y suspender a otro al que le hayan emitido muy buenos informes. En uno y
otro caso, los informes no llevan nota, por lo que ésta la dan los de la
Comisión a su libre albedrío. Es alucinante y más que los mencionados jueces
permitan este claro abuso de poder.
En el informe entregado al Ministro de Educación el 12 de febrero de 2013 por una Comisión de Expertos, entre los que se encuentran profesores universitarios de Derecho, se dice que “todo el proceso de acreditaciones de la ANECA ofrece serias dudas, tanto desde el punto de vista jurídico como desde el académico” y se destaca que la ANECA es opaca, vulnerando el Estatuto del Empleado Público (Ley 7/2007, BOE núm. 89 del 13-IV-2007), que obliga a la transparencia del procedimiento en su Art. 55.2.b y el art. 55.c, que requiere “profesionalidad de los miembros de los órganos de selección”; y la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas que en el Art. 35ª) y B) establece el derecho “a conocer en todo momento el estado de la tramitación de los procedimientos en los que están interesados y a obtener copias de los documentos contenidos en ellos” y a “identificar las autoridades y el personal de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos” (el procedimiento acreditador de la ANECA es secreto o confidencial, hasta que llega a vía judicial). Además, concluye el informe, “la ANECA suprime de hecho las garantías que establece el Cap. III (Abstención y Recusación) de la citada ley de Procedimiento Administrativo”. Los jueces de la sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional han hecho oídos sordos a lo que denuncia este informe.
En el informe entregado al Ministro de Educación el 12 de febrero de 2013 por una Comisión de Expertos, entre los que se encuentran profesores universitarios de Derecho, se dice que “todo el proceso de acreditaciones de la ANECA ofrece serias dudas, tanto desde el punto de vista jurídico como desde el académico” y se destaca que la ANECA es opaca, vulnerando el Estatuto del Empleado Público (Ley 7/2007, BOE núm. 89 del 13-IV-2007), que obliga a la transparencia del procedimiento en su Art. 55.2.b y el art. 55.c, que requiere “profesionalidad de los miembros de los órganos de selección”; y la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas que en el Art. 35ª) y B) establece el derecho “a conocer en todo momento el estado de la tramitación de los procedimientos en los que están interesados y a obtener copias de los documentos contenidos en ellos” y a “identificar las autoridades y el personal de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos” (el procedimiento acreditador de la ANECA es secreto o confidencial, hasta que llega a vía judicial). Además, concluye el informe, “la ANECA suprime de hecho las garantías que establece el Cap. III (Abstención y Recusación) de la citada ley de Procedimiento Administrativo”. Los jueces de la sección sexta de la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional han hecho oídos sordos a lo que denuncia este informe.
¿Qué se puede hacer
ante esta situación? A la vista de lo que considero amparar una clara
injusticia por parte de los magistrados que he mencionado, es evidente que por
vía judicial es más que difícil conseguir algo (no había jurisprudencia y sigue
sin haberla y se refugian siempre en una presunta “discrecionalidad técnica”,
sin atreverse a calificar lo que es una clara arbitrariedad como lo que es. Por
ello lo que queda creo que es, por una parte, dar publicidad a las actuaciones
de unos (miembros y colaboradores de la ANECA) y otros (jueces que no quieren
entrar en el fondo), citándolos con nombres y apellidos a ver si se avergüenzan
de sus actos. Eso es lo que hago ahora y seguiré haciendo, incidiendo
especialmente en los de mi área. En cuanto pueda, en actos públicos trataré de
dejarlos en evidencia, procurando que quede constancia de ello. Y por otro
lado, considero que es importante que colectivos varios vayan exigiendo que
acaben estos claros abusos que no favorecen la calidad. Los dos primeros puntos
nos los planteamos en la Sociedad Española de Estudios Árabes (SEEA) y fueron
aprobados por su Asamblea General. Se han remitido los acuerdos a socios y a
otras instituciones, si bien creo que hay que seguir insistiendo hasta que
dejen de realizarse estas malas prácticas. Y el punto 3), que se cae por su
propio peso, habrá que tratarlo (lo pido ya) y que se pronuncie la Asamblea de
la SEEA y otros colectivos de profesionales afectados.
Por la forma en que te expresas y los hechos que comentas en el proceder de las contrataciones y baremaciones de la ANECA, al final dependemos de personas de muy distintos ámbitos y generalmente, reproduzco tus propias palabras, nos quedamos en situación de indefensión.
ResponderEliminarEl principio de especialidad me parece crucial, valorar a un profesional de un área tan heterogénea como 'artes y humanidades' me parece una tomadura de pelo, en efecto, pones de ejemplo árabe o música, tan divergentes entre sí en cuanto al ámbito de actuación, los objetivos, el plan de estudios al que se acogen, los medios y métodos de enseñanza-aprendizaje, evaluación e investigación... por citar algunos.
Otro tema es la opacidad del propio proceso selectivo, el total y no las partes, de modo que uno no sabe qué y cómo se le ha baremado cada apartado (eso sí, equívocate tú en poner algo donde no debes y de seguro tu solicitud/propuesta/candidatura se elimina por defecto de forma). Algo similar sucede en oposiciones de Prof. de Secundaria, donde el resultado de la prueba es opaco, no te facilitan esa información (no sabes cuánto has puntuado en cada parte ni las notas del tribunal, ni siquiera solicitándolo por escrito al órgano competente), eso sin hablar de la falta de criterios, completamente subjetivos y arbitrarios, de los tribunales, cada uno 'de su padre y de su madre' como se suele decir, con escasa o nula homogeneidad de criterios (un mismo certificado se barema en un tribunal y en el de al lado no, demencial).
En fin, no me extiendo, simplemente, comparto contigo la frustración que supone ver cómo algunos procesos se hacen perder toda confianza en el sistema. Ánimo.
MP.
Sobre la ética de la presidenta del Tribunal, María Asunción Salvo Tambo, véase: http://www.expansion.com/accesible/2011/08/18/juridico/1313675446.html
ResponderEliminarConsidero muy injusta la sentencia de los magistrados Ana Isabel Resa Gómez, María Asunción Salvo Tambo, Concepción Mónica Montero Elena, Lucía Asín Aguado y Javier Eugenio López Candela, y quiero denunciarlo públicamente para que sirva para que no se haga con otros lo mismo. Comprendo el porqué no hay ninguna universidad española entre las 200 mejores del mundo, pero lo peor es que, con estas actuaciones judiciales que amparan, desdemi punto de vista, los anómalos funcionamientos, es dificil que las haya en un futuro próximo. Y me pregunto si hay un ranking sobre la justicia y en qué puesto estará la española; por lo que yo he comprobado, me temo que, si se hace, no quede en buen lugar.
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