JORGE LIROLA DELGADO, parte demandante en este procedimiento, me dirijo al juez sustituto D. Antonio Luis García Valverde y, entre otras cosas, pongo en su conocimiento el falso testimonio que le ha prestado D. José Luis Martínez Vidal y también el que prestó en su juzgado D. Pedro Molina García y le manifiesto mi interés en saber qué piensa hacer en vista de ello. Y como mejor proceda en Derecho
DIGO:
Yo, Jorge Lirola Delgado, llevaba ejerciendo la docencia y la investigación en el campo de los Estudios Árabes e Islámicos durante más de 20 años de forma ininterrumpida, hasta que la sanción que me ha impuesto D. Pedro Molina García por un supuesto trato irrespetuoso con él mismo, tras denunciarlo por lo que entiendo diversos delitos penales y la difusión pública que le dí a mi denuncia, me ha impedido seguir desarrollando mi vocación. Su decisión de no acceder a la suspensión hace que, hasta que se celebre el juicio el 6 de junio de 2014 y haya sentencia, no podré volver a ejercer la docencia, y ello en caso de ser favorable.
Comencé mis estudios universitarios en Almería. A D. Pedro Molina García, el actual Rector, no lo tuve de profesor, por ser de otra especialidad, pero sí a quien ha sido su inseparable compañero, D. José Guerrero Villalba. Era de ese tipo de profesores que no solía venir a clase. Y cuando venía, era mejor que no lo hubiera hecho; muchas veces se dedicaba a decirles groserías sobre su físico a nuestras compañeras que hacía salir a la pizarra. Cuando hace unos años se lo recordé al que fue compañero mío de estudios, D. Juan Luis López Cruces, que en esos momentos era Director del Departamento en el que estábamos ahora juntos los tres, y le llamé la atención sobre la responsabilidad que teníamos de permitir que las anomalías se mantuvieran, me contestó que la Universidad funcionaba ahora mejor, pues Pepe Guerrero (así se le conoce habitualmente) ya no tenía que dar clases. Curiosa respuesta. No tiene que dar clases porque es uno de los que gobiernan la universidad. Y ¿cómo la gestiona él y su compañero, D. Pedro Molina García? Pues, por lo que yo he podido constatar, creo que de forma corrupta en muchos aspectos, razón por la que he denunciado esa actitud reiteradas veces. Y ¿qué he recibido como respuesta? La callada o una sanción. Los equipos de gobierno en los que ha estado D. Pedro Molina me han sancionado en dos ocasiones: una con falta leve por un supuesto trato irrespetuoso con un superior por defender, entre otras, reclamaciones de alumnos que presuntamente habían sufrido maltrato y lo habían denunciado a las autoridades académicas, entre las que estaban D. Pedro Molina y D. José Guerrero, quienes las ignoraron, sación que fue anulada por sentencia del TSJA de Granada, y esta otra, nuevamente sobre un trato irrespetuoso con el superior que vuelve a hacer de juez y parte, que es sobre la que Usted u otro juez o jueces tendrán que pronunciarse.
Los ciudadanos, al conocer la posible comisión de delitos, tenemos obligación de denunciarlos. Así lo hice con lo que entendía que podía ser un caso de prevaricación, fraude y tráfico de influencias del Rector, D. Pedro Molina García, el Rector Accidental, D. José Luis Martínez Vidal, y otras personas, al Sr. Fiscal Jefe, D. Antonio G. Pérez Gallegos, el día 4 de mayo de 2011, denuncia que amplié en varias ocasiones con posterioridad. La respuesta, por parte de D. Pedro Molina García, fue la apertura de un expediente disciplinario por difundir mi denuncia y me sancionó por un supuesto trato irrespetuoso con un superior, actuando él , insisto, de juez y parte, tema que se sustancia en este contencioso. El Sr. D. Antonio G. Pérez Gallegos hasta el momento sigue negándose a recibirme y a iniciar las investigaciones, después de 47 comparecencias y de esperar yo más de 200 horas en la puerta de la Fiscalía a que me reciba o me dé cita. En una ocasión me fijó un día, pero poco antes de que llegara la fecha señalada, la anuló sin que volviera a señalarme otro día. Le adjunto copia de una de mis últimas comparecencias, en la que, entre otras cosas, le indico al Fiscal que, si bien es grave que D. Pedro Molina García, Rector de la Universidad de Almería, haya cometido y esté cometiendo, por lo que a mí me consta, diversos delitos penales, considero que más grave sería que la Fiscalía no cumpliera con sus funciones y no investigara los hechos y no actuara a la vista de los resultados de la investigación, exigiendo las responsabilidades oportunas a quien corresponda (a Pedro Molina y las otras personas denunciadas, si se comprueba que son ciertas mis denuncias, o a mí, por formular y reiterar denuncias falsas). Y también le subrayo, como en ocasiones anteriores, que estoy convencido de que, si existe corrupción, no es sólo porque unas personas concretas, con nombres y apellidos, actúen de forma corrupta, sino también porque otras personas concretas, con nombres y apellidos, que tienen como misión velar para que no exista corrupción y exigir las responsabilidades correspondientes a los corruptos, no cumplen con sus obligaciones y no actúan de forma responsable y le manifiesto que esto último, desde mi punto de vista, es mucho más grave.
Usted, Sr. García Valverde, en su Auto 50/2012, decide no conceder la suspensión cautelar que había solicitado en este caso y lo hace en base a dos argumentos:
1) No hay daños irreparables o de difícil reparación, puesto que son “perfectamente cuantificables económicamente, para el supuesto de obtener una sentencia favorable”. Quizás Usted conciba que todos los profesores no tenemos vocación y nos dedicamos a enseñar pura y meramente por móviles económicos. No sé si es que estima que he de demostrar mi vocación docente, aunque no creo que piense así, pues supondría considerar que todos los profesores somos culpables de ser malos docentes, salvo que demostremos lo contrario, lo que iría en contra de nuestro ordenamiento jurídico. Espero y le solicito que se me aplique la presunción de inocencia mientras que no se demuestre mi culpabilidad de ser mal profesor y, si no, se me permita aportarle pruebas documentales y testimoniales sobre la calidad de mi ya dilatada y experimentada carrera docente. Además de estos daños morales e inmateriales, no todos los perjuicios de la suspensión son cuantificables económicamente de una manera precisa y tasada. Las cantidades salariales variables dependientes de mis actividades docente e investigadora (sexenios y quinquenios), y los méritos académicos inherentes a ellas dependen de que, efectivamente, imparta docencia e investigue oficialmente durante esos 4 años y 3 meses. De otro modo, y aunque se me dé finalmente la razón, no se me concederán, y me producirán un perjuicio irreparable en el terreno económico y, peor todavía, en mi carrera profesional.
2) “Tampoco existe perjuicio a terceros –documento núm. 2 de la demandada-“, dice Usted. Ese documento núm. 2 se trata de un certificado de D. José Luis Martínez Vidal, Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Universidad de Almería, en el que certifica “que el hecho de que D. Jorge Lirola esté sancionado no afecta al desarrollo del proyecto pues éste puede ser ejecutado por el resto del equipo de investigadores, no irrogándose ningún perjuicio al resto de investigadores, los cuales siguen el curso de sus investigaciones, tal y como éstas estaban previstas y subvencionadas”. Con respecto a tal afirmación, mantengo que la primera parte, la relativa a que el proyecto puede ser ejecutado por el resto de investigadores, lógicamente en el tiempo en el que está previsto y para el que se ha dado la subvención, prescindiendo de quien lo está dirigiendo y lleva muchos años preparándolo, es una gran temeridad por parte de D. José Luis Martínez Vidal, que espero que no aplique él a sus investigaciones científicas propias, pues me consta que no tiene información al respecto para hacer tal valoración. Les he pedido al resto de investigadores que participan en el proyecto subvencionado como miembros del mismo y a los que colaboran de forma altruista, que le escriban a Usted por fax y lo han hecho muchos manifestándole que D. José Luis Martínez Vidal ni nadie de su Vicerrectorado se han puesto en contacto con ellos y manifestándole también sus consideraciones sobre si se puede hacer o no dicho proyecto en el tiempo concedido sin mi intervención. En relación con la segunda parte, la de que las investigaciones siguen su curso, “tal y como éstas estaban previstas y subvencionadas” ya no es sólo una temeridad, al no disponer de información sobre qué es lo que están haciendo los investigadores , sino que mantengo que es mentira. D. José Luis Martínez Vidal ha tratado de engañarlo (y parece que lo ha conseguido hasta ahora) mintiéndole. Como verá por los documentos que le aporto, desde la fecha en la que fui sancionado, no se ha podido utilizar ni un céntimo de la subvención concedida por el Ministerio, que hasta el momento se había empleado fundamentalmente para la contratación de dos investigadoras y la adquisición de material bibliográfico. Y ello pese a que le he solicitado al Vicerrector, en escrito que le adjunto, que sea traspasada esa subvención a la Universidad de Granada, para que D. José Miguel Puerta Vílchez, pueda gestionarla, sin que hasta el momento aquél lo haya hecho, obstaculizando, entiendo yo, la buena marcha del proyecto. Por mi parte, le puedo asegurar que todo lo que estoy haciendo ahora he de realizarlo al margen del proyecto I+D+I concedido y subvencionado y así lo haré constar donde corresponda. De hecho, en diciembre de 2011 me trasladé, como suelo hacer periódicamente, a Marruecos para adquirir material bibliográfico, lo que hube de hacer en esta ocasión con mi propio dinero, cuando lo habitual era que comprase esos libros árabes, fundamentales para nuestro trabajo, con el dinero que el Ministerio nos había concedido para ello y que está encaminado a crear una “Biblioteca de al-Andalus” real con las obras que compusieron los andalusíes, muy interesantes y ricas, por cierto, en materias muy diversas, destacando el derecho, además de la poesía.
Por lo que tengo entendido, el falso testimonio es un delito. Como le acabo de indicar, con la documentación además que le ha llegado por fax, Usted tiene conocimiento de la comisión de un posible delito. Presuntamente (en mi opinión, creo que existen pruebas fehacientes), D. José Luis Martínez Vidal le ha mentido a Usted en su certificación, pero también D. Pedro Molina García, por lo que he podido comprobar, ha mentido en la misma sala en la que Usted ejerce de juez en un procedimiento muy relacionado con éste. Usted mismo lo puede comprobar en el procedimiento abreviado 628/2011 de ese mismo juzgado de lo contencioso administrativo nº 3. En las alegaciones que presentó en la pieza separada nº 628.1/2011-3F, Pedro Molina le mintió al juez D. Jesús Rivera Fernández, sin que éste pudiera saberlo. Se lo explicito a Usted a continuación. Si lee la página 4 (final de la alegación 3ª) de ese contencioso ahora bajo su competencia y relacionado, en parte, con éste, encontrará la siguiente afirmación: “la Universidad de Almería ha convocado la plaza de Catedrático de Árabe por existir necesidades docentes, siendo imprescindible el cubrir tal puesto de Profesor antes del comienzo del Curso próximo, a fin de evitar daños a los universitarios que accederán a las aulas en el mes de septiembre de 2011”. Es mentira. No sólo no había necesidades docentes y se había convocado la plaza para que la obtuviera la Profesora Luisa M. Arvide Cambra, sino que en la fecha en la que lo escribe, el 27 de julio de 2011, D. Pedro Molina sabía no solo que había una única candidata, Dña. Luisa M. Arvide Cambra, Profesora de la Universidad de Almería, sino que ya se había celebrado el concurso el 21 de julio de 2011 y había obtenido ella la plaza, con lo cual es más que evidente que no se iba a contratar a ningún profesor nuevo que cubriera las inexistentes necesidades docentes. Así se construye, se mantiene y se ampara la corrupción, mintiendo con impunidad. Me interesa mucho saber si piensa Usted comprobar si miento yo al decir que mienten D. José Luis Martínez Vidal y D. Pedro Molina García o es cierto que estos mienten y exigirá Usted las responsabilidades oportunas a quien correspondonda. ¿Va Usted a deducir testimonio y a cumplir con lo que creo que es su obligación, no solo como ciudadano, sino como juez?
Según tengo entendido, podría Usted, a la vista del falso testimonio que se le ha prestado, reconsiderar su auto en el que deniega la suspensión cautelar. Lógicamente, tengo sumo interés en comprobar si lo hará Usted. Yo se lo pido, por entender que es de Justicia.
A estas peticiones que le hago, le daré difusión, como garantía de que asumamos las responsabiliades de lo que hacemos y de lo que decimos.
Quedo, pues, a la espera de sus decisiones, con el deseo de que se ajusten no solo a la ley, sino también a la Justicia.
Es Justicia que pido en Almería a 7 de marzo de 2012.
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