AL INSPECTOR DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD
DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Sr. D. Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano
Sigue a continuación el grueso de mi contestación a cada
una de las supuestas faltas que quiere imputarme, injustamente por lo que voy a
referirme a continuación.
I. "Perseguir, obstaculizar y
desprestigiar la actividad académica de la profesora Arvide, dentro de la
Universidad de Almería y fuera de ella, con actos hostiles, ofensivos y
sistemáticos, difundidos hacia alumnos, compañeros y autoridades académicas y
también entre los arabistas españoles, lo que coloca a la profesora en una
situación de absoluta indefensión ante estos ataques injustos y atentatorios a
su integridad moral, lo que constituye falta muy grave ... de acoso laboral
infringido a la profesora Arvide Campra (sic)" (2 años).
Mantiene
Usted que he acosado laboralmente a la Profesora Arvide durante los cursos
2017-18 y 2018-19. En relación con el primer curso afirma Usted como hecho
probado (IV, p. 20) que yo tenía la intención de que la docencia que debía
impartir "se hiciera recaer injustamente por las autoridades competentes,
sobre su compañera Luisa Arvide Campra (sic)" e insiste en que
quiero obligar a la Profesora Luisa Arvide Cambra "a impartir la
asignatura "Claves...", cuando no le correspondía", según Usted.
Desde el principio he alegado que la
Profesora Arvide no había podido elegir las asignaturas de Árabe IV de
Humanidades y Árabe IV de Filología Hispánica y las de Árabe II de Humanidades
y Árabe II de Filología por el solapamiento de horarios. Podría Usted haber preguntado a la Profesora Arvide
sobre el tema y también al Profesor Javier Aguirre, que fue quien se lo impidió
cuando era responsable de área, pero no lo hizo Usted, como tampoco lo ha
comprobado contrastando la información en la Facultad de Humanidades, que es la
encargada de establecer los horarios.
Del certificado de la Facultad que
consta en el expediente (tomo II,
archivo 4), que no ha querido tomar Usted en consideración, se desprende que la
Profesora Arvide no podía impartir durante el curso 2017-18 las asignaturas
Árabe IV de Filología Hispánica y Árabe IV de Humanidades por el solapamiento
de horarios que se producía (Jueves de 9 a 11 horas y Viernes de 12 a 13 horas,
ambas asignaturas), como tampoco podía impartir al mismo tiempo Árabe II de
Filología Hispánica y Árabe II de Humanidades, también por el solapamiento de
horarios (Jueves 13-14), de modo que la Profesora Arvide había de impartir,
necesariamente, la asignatura de "Claves del Mundo Árabe Moderno" en
la modificación de la Ordenación Docente del curso 2017-18.
No es falso lo que yo afirmaba, sino
que la gran irregularidad es permitir que la Profesora Arvide, finalmente,
juntase dos cursos diferentes con los mismos horarios en una misma clase y se
le contabilizara como el doble de horas. Como también es una falta
importante que ninguna autoridad impidiese que la Profesora Arvide impartiera
al mismo tiempo dos asignaturas diferentes en el mismo horario (Jueves, de 9 a
11 horas y Viernes, de 12 a 13 horas), computándosele, además, como dos
asignaturas. Y ello a pesar de que el 3 de abril de 2018 llamé la atención
sobre ese solapamiento al Vicerrectorado de Planificación, Ordenación Académica
y Profesorado, la Inspección de Servicios y el Director del Departamento de
Filología (expediente, tomo I, p. 90, en archivo 7), sin que ninguna autoridad
hiciese nada por impedir semejante irregularidad.
Resulta sumamente elocuente que no haya
querido Usted convocar a testificar a ningún alumno de esas asignaturas para
comprobar los hechos directamente.
Lo que realmente ha quedado probado es
que Usted no ha querido comprobar los hechos y prefiere amparar a quienes han
vulnerado la norma de que un mismo profesor no puede impartir dos
asignaturas que tienen el mismo horario, razón por la que lo primero que se
hace es establecer los horarios antes de que se asignen las asignaturas, para
que no se produzcan los solapamientos. Y lo que realmente ha querido Usted es
imputarme una falta que no he cometido para, además, de forma triple,
sancionarme, pues utiliza este argumento tanto para lo que Usted considera
acoso laboral durante el curso 2017-18, desobediencia a las órdenes de un
superior durante el mismo curso y perturbación del servicio, igualmente durante
el mismo curso. Empiezo a pensar que lo hace Usted con mala fe pues le he
llamado la atención varias veces sobre el solapamiento y nunca se ha referido
Usted a él y su intención parece ser imputarme faltas que yo no he cometido y,
además, utiliza la misma por partida triple.
En relación con el curso 2018-19, al
igual que en el curso anterior, afirma Usted (p. 42) que "los hechos
probados revelan con contundencia, que el profesor quiere acosar a la profesora
y la acosa siguiendo un "plan", que despliega a partir de la
ordenación docente". Y da por hecho que la obligo a impartir clases que no
tendría que haber asumido, otorgándome un poder que yo no tengo.
Ya le he informado con anterioridad que
en la ordenación docente para el curso 2018-19 elegí asignaturas que
habitualmente solicitaba, sin que tuviera ninguna incidencia si iba o no a
tener un niño. En cuanto tuve a mi hijo, en un embarazo de riesgo y que estuvo
a punto de morir en el parto, como pueden atestiguar los médicos presentes una
madrugada del domingo 12 de agosto, en plenas vacaciones estivales, llamé al
Servicio de Recursos Humanos para informarme de qué había de hacer. Me dijeron
que hasta septiembre no estaban operativos y, en cuanto me informaron de todos
los extremos, de forma muy profesional, lo cual agradezco, solicité el permiso
con toda la información que me facilitaron, que, para mi sorpresa, me
correspondía un largo periodo de permiso. Podría haber hecho coincidir el
permiso con todo el periodo lectivo que tenía, pero, como me gusta dar clases,
solicité incorporarme en el último tramo del primer cuatrimestre, al tiempo que
reservé varias semanas de permiso para otro periodo en el que no tenía ninguna
docencia. No hubo, por tanto, por mi parte ninguna mala fe, sino al contario.
Yo no sabía ni podía saber que la Profesora Herrero se daría de baja por
enfermedad y que no sería ella la que me sustituiría, sino la Profesora Arvide.
Además, en el caso de la asignatura de "Literatura árabe andalusí"
las clases no comenzaban hasta noviembre, pues primero impartiría la otra parte
de la asignatura la Profesora Josefa Martínez.
Aunque, inicialmente, el
Vicerrectorado, el Director del Departamento y la Profesora Arvide pensaron que
se podía hacer una modificación de la Ordenación Docente, en mi ausencia, para
cambiarme la docencia ya asignada, y además sin que fuese aprobada por el
Departamento y el Consejo de Gobierno,
finalmente las referidas autoridades comprendieron que, técnicamente, lo
que se había producido era una sustitución por parte de la Profesora Arvide en
unas asignaturas (Árabe III y Literatura Árabe Andalusí) que tenía yo asignadas
como responsable (expediente, tomo I, p. 96) y por ello me reincorporé como
estaba previsto para hacerme cargo del resto de clases. La guía docente, que
como debe Usted saber bien tiene un carácter contractual, deja bien claro quién
es el responsable de la asignatura, y el permiso que solicité y que me fue
concedido dejaba también bien claro los periodos de disfrute del mismo.
Lo que ha quedado probado y no se
refiere Usted a ello es que antes de incorporarme, me había puesto en contacto
con la Profesora Arvide, que se había encargado de sustituirme durante el
permiso de paternidad. Así se
puede comprobar en los correos del 2 de enero de 2019 (expediente, tomo I, p.
98) en el que le pido que me informe sobre lo que ha impartido a los alumnos.
Reitero esa petición el 8 de enero y el 9, dado que me constaba que tenía
también material entregado por los alumnos (expediente, tomo I, pp. 99 y 100). Ninguna
respuesta obtuve de la Profesora Arvide. Por ello, tuve que pedir
información a los alumnos e indagar por mi cuenta para saber con certeza qué
habían estudiado. Entre otros, el delegado de curso, D. A A, me
informó el 10 de enero del "aparente
desorden y un número amplísimo de autores difícil de asimilar y algo
descontextualizados" y consideraba necesario revisar lo visto
(expediente, tomo I, p. 101). Como queda demostrado en la prueba pericial
solicitada (expediente, tomo I, pp. 136-137), en todo momento me ceñí a los
contenidos de la guía docente (expediente, tomo I, pp. 105-110), tanto al
impartir los contenidos en las clases, para lo que suministré unos apuntes por
escrito y facilité así a los alumnos el aprendizaje, como al sistema de
evaluación, aparte de la necesidad de adaptarlo para respetar el trabajo
encargado por la Profesora Arvide, que no estaba incluido en la guía docente.
Pensaba que le iba a llamar la atención
a Usted y destacar la poca profesionalidad de la profesora Arvide al no
informarme sobre lo que había impartido en sus sustituciones, pero no, parece
que Usted no considera importante que deba haber una coordinación entre los
docentes cuando son varios los profesores que imparten una misma asignatura.
Puede que sea porque no es Usted un buen docente. Espero que no sea por ello y
que sea un despiste. Pero es que Usted le da la vuelta al asunto y me achaca
como falta el que pregunte a los alumnos qué han dado y qué les falta por dar y
lo haga de forma minuciosa y profesional para que no se me pase nada, pues
algunos alumnos habían asistido a unas clases y otros a otras. Esto ya hace
pensar que su verdadera intención no es otra que forzar las situaciones,
ignorando los hechos ciertos e inventado falsedades con el objeto de
sancionarme injustamente. Y llega Usted más lejos todavía, lo que le parece
normal, en su coherencia de que no haya coordinación entre los docentes, es que
cada profesor debe de examinar de la parte que haya impartido, aún cuando se
trate de una sustitución, cuando lo profesional debe ser que el examen sea
único, que responda a la guía docente y que al corregirlo se actúe con total
profesionalidad, la que debe presidir el que haya siempre una
coordinación. Por cierto, se equivoca Usted al pensar que actué con agravio
comparativo con respecto a la profesora Luisa Arvide al, según Usted, permitir
que la profesora Josefa Martínez evaluara la parte que había impartido, que es
de otra área de conocimiento, y es independiente de la parte andalusí.
Me
parece inaudito que dé credibilidad a algunos testimonios interesados que
afirman que me dedicaba yo a criticar a la profesora Arvide en todas las clases
y por un tiempo más o menos extenso, y no se la dé a quienes lo desmienten.
De hecho, de las muchas referencias a las que remite Usted, sin precisar
realmente lo que dicen, solo son claras en el que sentido que Usted pretende
las de D. ÁMR y Dña. MJR, aparte de los miembros de la delegación de
estudiantes que hablan de oídas pues no han sido alumnos de la asignatura,
mientras que el resto o no contienen información o dicen cosas como "contó
desavenencias sobre la entrega de trabajos a la profesora Arvide y esta no
quería dar el trabajo a Lirola" (p. 109, testimonio de BS) o "nos
contó que la profesora Arvide se negaba a darle los trabajos de clase y a
comunicarse" (p. 134, testimonio de AP), sobre hechos que ya han quedado
señalados en el pliego de descargo. Tengo intención de querellarme contra
quién mantenga que he criticado en las clases a la Profesora Arvide pues,
sencilla y rotundamente, es falso.
Da
también credibilidad al testimonio interesado de la Profesora Arvide de que
actuaciones mías le han producido un daño moral que se suma al ya padecido
durante muchos años (afirmación de Usted en p. 25). Dígame Usted actuaciones
concretas mías y daños objetivos producidos, aparte de los ya referidos aquí,
que ha quedado demostrado que son falsos.
Me
sorprende su capacidad adivinatoria al afirmar (p. 40) que "las
irregularidades de los alumnos en la docencia, en el examen y en la evaluación,
no se habrían producido si el profesor (YO) permite a la profesora Arvide
evaluar de la docencia que ella ya había impartido y que era la mayoría de la
docencia impartida". Y me sorpende más aún al convertir Usted los
frutos de esa capacidad visionaria suya en argumentos sólidos y contrastados
para su resolución, cuando quizás sea ese aspecto visionario que le hace
contemplar como hechos lo que aún no se ha producido el que le haga también
caer en claros errores en relación con lo que realmente, y no virtualmente,
pasó y son hechos fácilmente contrastables. Así, podría saber Usted que la
Profesora Arvide había impartido en sus sustituciones de la asignatura de
"Literatura Árabe Andalusí" exactamente 8 horas, aunque tendría que
haber dado más del doble, y que yo había impartido exactamente 9 horas, por lo
que es falsa su afirmación (p. 40) de que "ella ya había impartido ... la
mayoría de la docencia". De igual modo y si se atuviera Usted a los hechos
que realmente ocurrieron, contrastando la guía docente (expediente, tomo I,
páginas 108 y 101, en archivo 7), hubiera comprobado que yo apliqué el método y
el contenido docente y los criterios de evaluación y que había sido la
profesora Arvide la que no lo había hecho, pues, aparte de no impartir ella
NINGUNA (y se lo reitero, pues parece que es necesario reiterarle y reiterarle
los hechos más que evidentes y demostrados, NINGUNA) CLASE PRÁCTICA, sin que
los alumnos hubieran leído y comentado ningún texto literario andalusí, siendo
ello fundamental en la asignatura, y que había sido la Profesora Arvide
la que había alterado el contenido docente, al dejar de impartir en las
primeras clases las características generales de la literatura andalusí, como
explicita claramente el programa incluido en la guía docente. Y, además, la
Profesora Arvide también había alterado la guía docente, que debe ser
sagrada, al ser el contrato de referencia para profesores y alumnos (su
carácter contractual es muy fuerte), y se había inventado un trabajo que
supondría 3 puntos de la nota final, trabajo que no aparecía en la guía docente
y que, por no perjudicar yo a los alumnos, lo mantuve. Por lo que, de
ninguna forma, se puede acreditar, como pretende Usted, que traté yo de
desprestigiar a la profesora Arvide y menos que todo lo hice con un plan
preconcebido para perjudicar a la Profesora Arvide, vulnerando, según Usted, su
derecho a elegir docencia con preferencia a mí y para que se viera forzada a compartir
docencia conmigo, contra su voluntad, como si yo hubiera planificado tener un
niño para perjudicar a la Profesora Arvide, me hubiera puesto de acuerdo con la
Profesora Herrero para que ella se diera de baja por enfermedad y no fuera ella
la que me sustituyera y otros muchos hechos que yo solo puedo controlar en su
visionaria capacidad, si es que no es mala fe por su parte para sancionarme de
cualquier modo y por cuantas más faltas mejor, recurriendo a cuantas falsedades
sean necesarias.
Empiezo
a pensar que en lugar de acoso laboral a la profesora Arvide, lo que se está
documentando es un acoso a mi persona, en el que Usted mismo está colaborando.
Y lo hace dejándome en indefensión, como también me deja en ella al acusarme
de forma genérica de desprestigiar la actividad académica de la profesora
Arvide dentro y fuera de la Universidad sin indicarme con qué actos exactamente,
aparte de supuestamente hablar mal de ella en clase que, como le he dicho, es
falso, de qué modo y por qué entiende Usted que la desprestigio. Tampoco me
dice Usted por qué entiende que dejo "en la más absoluta indefensión"
a la Profesora Arvide, en qué y de qué modo.
Afirma
Usted que mi denuncia de que la Profesora Arvide no había impartido las clases
que le correspondían y que había supuesto que los alumnos no hubieran realizado
ninguna práctica de la asignatura, sin leer ni comentar ningún texto literario,
supone una prueba del acoso. Me sorprende y más dada su condición de jurista,
pues imagino que coincidirá conmigo en que los ciudadanos tenemos obligación,
cuando observamos alguna irregularidad, de ponerla en conocimiento de las
autoridades competentes. Y más en este caso, pues consta que la Profesora
Arvide en cursos anteriores había dejado de impartir numerosas clases sin que
las autoridades competentes, que conocían los hechos, hicieran nada; de ahí que
siguiera reiterando esas prácticas irregulares. Lo puede comprobar en las
diversas reclamaciones presentadas contra ella, entre las que recuerdo la de IP
(tfno. *** *** ***, para que lo
contraste), quien denunció que no le dio nada más que la clase inicial. Si le
hubiera preguntado en el interrogatorio al responsable del área, el profesor
Aguirre, le podría haber confirmado algunas otras denuncias, como la de un chico
marroquí que también lo denunció, pues ambos, Aguirre y yo, junto con Bárbara
Herrero, estuvimos en el tribunal que revisó su examen, que había sido
considerado como suspenso por la Profesora Arvide y finalmente resultó con la
calificación de notable.
Parece
pensar Usted que yo estoy detrás de esas reclamaciones, cuando no es cierto, y
se lo pueden confirmar quienes las han presentado, entre ellas aquellas alumnas
del curso de 1993 de cuya existencia parece Usted dudar. Esa reclamación la
conoce bastante bien el ahora decano, Javier García González, pues la recibió
siendo él director del Departamento, mientras que yo era secretario.
Es
totalmente falso que haya puesto yo en contra de la Profesora Arvide a los
alumnos de Literatura árabe andalusí.
Sí es cierto que animo a los alumnos, a
todos, a denunciar irregularidades que conozcan cuando se produzcan, con el fin
de que dejen de producirse en el futuro. Si lee atentamente mi correo en el que
me refiero a esos extremos, podrá comprobar que les informo y aconsejo de forma
general. ¿No cree Usted que se debe animar, tanto a los alumnos como a los
ciudadanos, a denunciar las irregularidades? O ¿cree Usted que es preferible
enseñarles que contribuyan a ocultarlas?
No
puedo contestarle a otras cuestiones del supuesto acoso, pues no me las
precisa.
Por
todo lo dicho, estimo que no procede considerar que haya existido acoso alguno
por mi parte.
II.
Desobediencia abierta a las órdenes e instrucciones de un superior ... por
negarse rotundamente y con publicidad a cumplir las múltiples y reiteradas
instrucciones recibidas en relación a las ordenaciones docentes
correspondientes, una en el curso 2017/18, y otra en el curso 2018/19 (2 años).
II.A:
En relación con el curso 2017/18, por no impartir "Claves del Mundo Árabe
moderno". Por una parte, ha quedado probado en la prueba documental que
no hubo aprobación de la modificación por parte del Consejo de Gobierno (no
han podido emitir certificación de aprobación de esa modificación de la
Ordenación Docente por parte del Consejo de Gobierno sencillamente porque no
existió tal aprobación y ello es regulado por el art. 130.l de los Estatutos de
la Universidad de Almería), y era preceptiva esa aprobación, pues tampoco había
Plan de Sustituciones para ese curso (también ha quedado probado), por lo que
no hay desobediencia al ser una orden que no se atiene a la legalidad.
Pero
es más, por otro lado, la orden tampoco se ajustaba a la legalidad al
producirse un claro solapamiento que ha quedado demostrado y al que me he referido
en el supuesto acoso a la profesora Arvide, pues se utiliza el mismo hecho para
tres faltas diferentes. Ha quedado probado que la asignatura
"Claves...", en el curso 2017-18 había de impartirla, de forma
necesaria, la profesora Luisa Arvide.
II.B.
En el curso 2018/19, es un hecho claro que no se siguió la legalidad vigente al
realizar la modificación de la Ordenación Docente.
A
este respecto, a Usted le debe constar el marco normativo, pues aparte de haber
llamado la atención sobre el mismo en la Universidad de Almería en varias
ocasiones, es también de aplicación en su universidad, al ser requerimiento
general:
- es el Departamento el órgano competente
para proponer la aprobación de la ordenación y programación docente del
Departamento (art. 159.2.a de los Estatutos de la Universidad de Almería) y
- es el Consejo
de Gobierno el órgano que ha de aprobar la Ordenación Docente, a propuesta del
Consejo de Departamento (art. 130.l de los Estatutos).
También
son de aplicación los
criterios para la asignación del Profesorado a las asignaturas adscritas a las
áreas, aprobados por Consejo de
Gobierno el 25 de febrero de 2008 y modificados posteriormente por sentencia
firme ejecutada por ese mismo Consejo, que establecen, entre otras cosas,
que
"en caso de no existir
unanimidad dentro del área de conocimiento, la asignación de la docencia al
profesorado del área de conocimiento implicada se llevará a cabo teniendo en
cuenta los criterios de prelación", que se establecen en esa normativa.
Y también que
"si se diera el caso de que la
asignación docente de un área de conocimiento fuera inferior a la capacidad
docente a su profesorado con dedicación a tiempo completo, se hará de forma
equitativa, independientemente del cuerpo o escala al que pertenece".
Además, lógicamente, ningún profesor
puede impartir dos asignaturas en la misma franja horaria, razón por la cual se
establecen anteriormente los horarios de las asignaturas para que eso no
suceda, de ningún modo.
Pues
bien, en este caso, en consejo de
departamento el 31 de enero de 2019, se aprobó una
propuesta de modificación, sin consenso y sin aplicación de los criterios para
la asignación del Profesorado a las asignaturas adscritas a las áreas de la
Universidad de Almería, pues lo que se aprobó era una propuesta del Vicerrector
de Profesorado, D. José Joaquín Céspedes Lorente, en la que eximía,
arbitrariamente, a una profesora de dar docencia y me imponía a mí, a su
arbitrio, la docencia que había de impartir, vulnerando la legalidad vigente y
mis legítimos derechos, pues ni tan siquiera me reconocía el derecho de poder
elegir por delante del Profesor Interino Sustituto que se iba a contratar, de
menor rango y antigüedad.
Esa
propuesta de ordenación, que no se atenía a la legalidad, se elevó para su
aprobación al Consejo de Gobierno, pero éste ni la aprobó ni la rechazó, sino
que recogió otra propuesta del Vicerrectorado que, por Ley, no tiene
competencias para hacer esa clase de propuestas, y fue aprobada de forma no
acorde a la legalidad vigente, puesto que las competencias para proponer, según
los Estatutos (art. 159.2) son del Consejo de Departamento.
Mientras
tanto y, dados los antecedentes, para que los alumnos no se vieran afectados,
impartí la docencia, no solo de las asignaturas que ilegalmente, entiendo yo,
me habían asignado, sino incluso también de otra asignatura en sus comienzos al
no aparecer ningún profesor para impartirla (Árabe II), como ha dejado probado
por el testimonio del alumno de la Universidad de Mayores D. PIR (expediente,
tomo III, 135-6, aunque no recoge bien el audio, nº 19, y expediente, tomo II, p. 59).
En
ningún momento, he dejado de impartir docencia durante este curso, incluso la
que no me correspondía cuando ningún otro profesor acudía a clase, a pesar de
seguir discutiendo la legalidad de las decisiones tomadas por el Consejo de
Gobierno. Por ello, no se me puede imputar no cumplir con la modificación de la
ordenación docente y su ejecución, pese a no hacerse conforme a la legalidad
vigente (expediente, tomo III, 135-6, aunque no recoge bien el audio, nº
19, y expediente, tomo II, p. 59).
Si
con negarme a cumplir la ordenación docente del curso 2018-19, modificada a la
incorporación de la profesora Bárbara Herrero, se refieren a que, al
reincorporarse la esta profesora durante unas semanas que me quedaban de
disfrute del permiso de paternidad, se procedió a aprobar una propuesta de
modificación de la ordenación docente en la reunión del 27 de marzo de 2019, durante mi permiso
de paternidad, siendo que yo elijo asignaturas por delante de Bárbara Herrero o
cualquier PSI que se contrate, además hay que tener en cuenta que,
previamente, el 23 de marzo escribí a las Profesoras Herrero y Arvide y al
Director del Departamento, indicando, entre otras cosas, que
"para readaptar
las cargas docentes a impartir cada uno, aparte de lo que ya se ha dado, se ha
de tener en cuenta el potencial de cada cual, muy diferente este curso,
prorrateando por porcentajes de forma equitativa tal y como establece la
legislación vigente" (expediente, tomo II, p. 20).
.......
Todo
esto se lo he explicitado a Usted con anterioridad, en el pliego de descargos,
sin que Usted lo haya tomado en consideración ni haya rebatido mis
argumentaciones, sino que directamente las ha ignorado para ir a lo que parece
tener ya decidido y es proponer una resolución de sanción, con el
desdoblamiento de los mismos hechos para que sean varias las sanciones.
De
ninguna forma he cometido la infracción que se me quiere imputar: "la desobediencia a las órdenes o
instrucciones de un superior, SALVO QUE CONSTITUYAN INFRACCIÓN MANIFIESTA
DEL ORDENACIMIENTO JURÍDICO", pues es claro que no se aplicó el
ordenamiento jurídico legalmente establecido, dado que la propuesta del
Departamento tenía que respetar los criterios de asignación (expediente, tomo
II, pp. 18-19) y esa propuesta nunca llegó a ser aprobada por el Consejo de
Gobierno (art. 130.1 de los Estatutos).
Su
afirmación de que imparto solo algunas clases: "las que quiere, pero no
las que debe" es claramente sesgada y no se atiene a la realidad, pues
Usted mismo reconoce que le resulta "imposible determinar con exactitud
cuántas clases ha dado el profesor Lirola", pero eso sí, tiene claro que
no he dado las que tenía que dar, pues su intención no es otra que sancionarme,
sin comprobar los hechos y la legalidad a aplicar, pues denuncio con
reiteración que se han vulnerado mi derecho a poder elegir la docencia que
había de dar, por delante de la Profesora Sustituta Interina (PSI), de menor
rango y antigüedad, y sin que me la imponga el Vicerrector de Ordenación
Académica, D. José Joaquín Céspedes, de forma caprichosa. Y Usted no reconoce
ni rechaza esto; simplemente lo ignora.
Y el
colmo ya es que afirme Usted que los hechos como los ve Usted "lo acredita
que la Universidad de Almería tuviera que contratar un profesor para impartir
clase: la profesora NS, en un área en el que el potencial docente es superior a
la carga docente". No sé si no se entera Usted o no quiere enterarse, pero
la contratación de la PSI la contemplaba el Vicerrector en la propuesta que
le aprobó el Consejo de Departamento del 31 de enero de 2019, en la que eximía
(caprichosamente, entiendo yo) a la Profesora Luisa Arvide de impartir docencia
(expediente, tomo II, p. 55) y también en la propuesta que volvió a realizar
el Vicerrector al Consejo de Gobierno (expediente, tomo II, p. 121), en
la que no eximía a la Profesora Arvide de impartir docencia, sin dar
explicaciones de su arbitrariedad ni en uno ni en otro caso, en los que me
imponía a mí directamente la docencia a impartir sin reconocerme el derecho a
elegir por delante de la PSI que se iba a contratar en ambos casos.
Para
más inri, el Vicerrector tuvo la brillante idea de convocarnos a cada
profesor de forma individualizada para que eligiéramos docencia, dando carta
de naturaleza a que no exista una coordinación en el área, de forma que no nos
reunamos ni tan siquiera para distribuir la docencia. Debe pasarle como a
Usted, que también considera que no es importante que haya una mínima
coordinación en las áreas.
Sobre
el supuesto incumplimiento por mi parte de una clase de "Claves" en
el curso 2018-19 a la que se refiere Usted a partir de un correo electrónico
mío, ha de tener en cuenta que no hay ningún incumplimiento, pues la
Universidad había contratado (según Usted por mis incumplimientos, lo cual
difícilmente es creíble) previamente a Dña. NS, pero la había contratado para
dar clases no para que cobrara sin impartir docencia y con la que había de
coordinarme pues habíamos de compartir asignaturas, sin que en ninguna orden se
precisara qué días había de impartir uno y qué días otro, sino que respondía a
la necesaria coordinación que debíamos tener y que tuvimos después. Máxime
cuando, según el artículo 2 de los Criterios para la asignación del
Profesorado a las asignaturas, "la
asignación de docencia del profesorado con dedicación a tiempo parcial habrá de
corresponderse necesariamente con su capacidad reconocida".
En realidad, impartí
durante el curso 2018-19 más docencia de la que me correspondía, como indica el
testimonio del alumno de la Universidad de Mayores D. Pedro Ignacio Reguera ya
mencionado. Es más, tras el permiso de paternidad en su fase final, me presenté
a las clases de "Claves" y "Árabe IV", anunciándoselo previamente
a la Profesora NS, pero para mi sorpresa, solo dos de una veintena de alumnos
aparecieron en la clase de "Claves", despistados, además, pues, según
me enteré, habían cortado las clases, permitiéndolo el Director del
Departamento, D. Francisco Álamo, quien me insistió en que no fuera a clase pues
estaba contratada Dña. NS. En el interrogatorio realizado a Dña. MCD
(audio 60, en tomo III, 1) se pone de manifiesto que los alumnos habían llegado
a un acuerdo con el Director del Departamento, D. Francisco Álamo, de otorgar
un sobresaliente general, un 9, para todos los matriculados en "Claves del
Mundo Árabe Moderno", que quedó en otro aprobado general de cincos, seises
y sietes, por la actuación de la Profesora NS. Espero que lo considere, al
igual que yo, algo escandaloso y digno de denunciar a las autoridades
competentes para que lo investiguen y exijan las responsabilidades oportunas.
¿Lo ha denunciado ya, tras conocerlo al tomarle declaración a la referida
alumna?
No procede, por tanto, la sanción que quiere imponerme de desobediencia
abierta a las órdenes e instrucciones de un superior, pues esas órdenes, en
todos los casos, no se atenían,
claramente, a la legalidad vigente.
III.
Perturbación del servicio (2 años), producido en parte por la desobediencia.
Se
alude a alteraciones del servicio docente del Departamento de Filología y la
Facultad de Humanidades de la UAL, con probado perjuicio a los alumnos y a la
Universidad".
Y
se refiere en el curso 2017-18 en la asignatura "Claves del Mundo Árabe
Moderno", que como ha quedado ya demostrado no me correspondía impartir a
mí, sino a la Profesora Arvide, por lo que no hay perturbación alguna por mi
parte.
En
el curso 2018/19, dice Usted que "Lirola provoca que los alumnos sufran
cambios indeseados de profesor, y cambios indebidos en los criterios de
evaluación", que debe referirse a "Literatura Árabe Andalusí".
Según Usted, "se han acreditado también irregularidades en el examen, en
la revisión y en la evaluación de Literatura Árabe Andalusí".
Según
sigue diciendo, me incorporé cuando quedaban pocos días de clase e impedí
"contra natura y a diferencia de lo que hace con la otra profesora que
había impartido docencia, que evalúe [la profesora Arvide] a los que hasta ese
momento habían sido sus alumnos" (el subrayado es mío e imagino que
querrá decir los alumnos de la asignatura). Continúa Usted con que "altera
los materiales didácticos y los apuntes y los criterios de evaluación, sin las
garantías previstas para los alumnos de la UAL y evaluando finalmente sin
justificar adecuadamente sus calificaciones".
Se
refiere también Usted a las denuncias de los alumnos (algunos alumnos) ante el
Decano de la Facultad, el Director de Departamento, la Inspección de Servicios,
el Consejo de Estudiantes y la Delegación de Estudiantes de la Facultad de
Humanidades, a los que Usted da credibilidad sin contrastar esos testimonios
que difieren de los de otros alumnos y de los míos.
¿Le
parece a Usted profesional no contrastar los hechos? En ningún momento se ha
referido Usted a la GUÍA DOCENTE, que es un documento fundamental, que tiene
carácter contractual. ¿Es que no le viene bien a sus intereses de sancionarme
sea como sea?
Lo
primero que verá en ella y que debieron ver los alumnos es que el responsable
de la parte de Literatura Árabe Andalusí era yo y, si les informaron bien a los
alumnos, yo estaba con un permiso de paternidad y me incorporaría, según ese
mismo permiso, el 29 de diciembre, haciéndome cargo de mis obligaciones
docentes a partir de entonces.
También
verá que no consta en la guía docente ningún trabajo como el que impuso la
Profesora Arvide, en sustitución de unas clases prácticas que no impartió y que
eran fundamentales para asimilar la asignatura, y que no había explicado las
características generales de la literatura andalusí.
No
hay, por tanto, cambios indeseados de profesor, sino los normales que se
producen en las sustituciones. Y los cambios indebidos en la docencia y en la
evaluación no los provoqué yo, sino la profesora sustituta (Luisa Arvide, en
este caso), que debía atenerse a la guía docente, por lo que, de cometer
alguien alguna falta sería la profesora que sustituyó al titular de la
asignatura y no cumplió con la guía docente.
El
facilitar los apuntes por escrito no es sino una garantía para los alumnos, indicándoles
que no todos esos apuntes iban a entrar en el examen por haberse perdido muchas
clases. ¿Quién era el responsable de esa pérdida?
Si
al que faltasen algunas fotocopias conteniendo las preguntas del examen y unos
pocos alumnos compartiesen un papel en el que se indicaban esas preguntas
(primera: Explica las semejanzas y diferencias entre una casida y una moaxaja,
etc) le parece a Usted una irregularidad digna de ser sancionada, ¿qué le
parece a Usted que, en lugar de poner un papel entre dos alumnos, se dicten las
preguntas, como he visto hacer en algunos casos, o que se copien en la pizarra?
Sinceramente, me parece una supina tontería esa incidencia.
Si
por irregularidad en la revisión es que, dado que ya habían comenzado las
clases del segundo cuatrimestre al ser el examen de Literatura Árabe Andalusí
uno de los últimos del periodo de exámenes, pusiese unas horas extras fuera de
las tutorías para que todos los alumnos pudieran revisar sus exámenes y a mí
particularmente me gusta que los alumnos comprueben cuál hubiera sido la
contestación ideal y procuro que siempre haya una nota máxima en cada una de
las preguntas pues cuando todos los alumnos fallan en lo mismo el problema no
lo tienen ellos sino yo porque no he debido de explicar bien el tema, y por eso
tuve que buscar unos horarios fuera de clases, con un turno de 8 a 9 y otro de
9 a 10, para que pudieran elegir, aparte de que podían pasar por las tutorías,
como otros hicieron, y también consultar vía correo electrónico, como alguno
también hizo, pues, perdone que le diga, pero no me parece irregular, sin que ,
por el contrario, debía de ser digno de alabar.
Lo
que sí me parece irregular es que algunos alumnos, en lugar de venir a
revisión, fuesen al Decanato a protestar por no estar de acuerdo con las
calificaciones y que desde el Decanato se convocara, mientras que estaba el
periodo de revisión, a una asamblea de estudiantes, donde muchos de los
presentes no habían cursado la asignatura, y con presencia del Decano, D.
Javier García González, decidieran denunciarme (véase expediente, tomo II,
p. 60). Algunos alumnos presentes en aquella asamblea la han calificado, y a
Usted le consta, de cacería contra mí, dirigida por, entre otros, el referido
decano. Como cabía esperar por lo que empiezo a comprender de su actuación,
desestima Usted esos testimonios valientes de alumnos independientes y opta por
dar credibilidad a los que, amparados por el Decanato y la Inspección de
Servicios, arremeten contra mí.
¿Y
no le parece extraño que ningún alumno pidiera que revisara su examen un
tribunal independiente, como les informé de que tenían derecho? En muchas
universidades ese es un requisito imprescindible para que una reclamación
posterior sea tenida en cuenta, pues lo demás es hablar por hablar.
Como
yo estoy convencido de que he actuado con total profesionalidad, solicité
someter los materiales de la asignatura y los exámenes a un peritaje a
través de la Sociedad Española de Estudios Árabes, única sociedad científica en
España que agrupa a los profesionales de los estudios árabes y que, a nivel
europeo, forma parte de EURAMES (The European Association for Middle East
Studies). Dicho peritaje ha concluido que responden a la guía docente y se
ha evaluado correctamente (expediente, tomo II, p. 61-62).
El
punto más molesto para un nutrido grupo de estudiantes ha sido que he
comprobado que plagiaron el trabajo, razón por la que califiqué dicho
trabajo con un 0 sobre 3. Me sorprende que Usted, en lugar de comprobar si
realmente hay o no plagio, que es asunto de mucha gravedad y más en el contexto
de la Universidad, descalifique el asunto y aluda a que yo he tenido un
comportamiento injustificable e intolerable, considerando una falta de
respecto el hecho de que, ante la gravedad y la proliferación del plagio, pidiera
que se tratara el tema en reunión de departamento, de forma genérica, para dar
unas directrices claras a los alumnos,
pues uno de ellos, el que creo epicentro de las denuncias porque me
amenazó, ante testigos, diciéndome que "me iba a enterar", D. VSU, se
justificó diciendo que otro profesor le
había dicho que se podía plagiar sin entrecomillar lo que se reproducía,
siempre que se cite la fuente al final en la bibliografía. Sinceramente, me
preocupa que Usted no solo no le dé importancia a este asunto, sino que opta
por proteger a quienes afirmo yo, tras contrastarlo, que han plagiado y lo hace
sin comprobar absolutamente nada y queriendo sancionar a quien entiendo yo que
cumple con su deber educativo. Espero que en su universidad no proliferen
profesores como Usted, tan permisivos con los infractores y tan represores con
los cumplidores.
IV.
Desconsideración con los superiores (2 meses).
Indica
Usted que es "por todos los correos dirigidos a los miembros del
Consejo de Gobierno y a las listas de difusión en internet, en el curso
2018/19, referidos a los miembros del Departamento de Filología, los miembros
del Consejo de Gobierno y otras autoridades académicas, por razón de su
intervención en los procesos de aprobación y modificación de las ordenaciones
docentes que afectaban al profesor Lirola".
Y
habla de intimidación e incluso amenaza de forma individualizada o
personalizada, con publicidad.
Pero
se le olvida a Usted lo más importante, que es indicar exactamente qué digo que
puede ser considerado una intimidación y una amenaza y no una información como
sostengo yo. Difícilmente puedo defenderme si no me lo precisa Usted.
Le
ruego que me precise si, como dice que ha sido a los miembros del Consejo de
Gobierno, también he tenido un trato de desconsideración con el Rector D.
Carmelo Rodríguez Torreblanca o si él no está incluido entre los miembros del
Consejo de Gobierno a los que supuestamente he mostrado desconsideración a qué
es debido que no se incluya.
Me
acusa también de "trato de desprecio a la Jefa del Gabinete Jurídico y al
Presidente de la Junta de Personal Docente e Investigador", pero tampoco
detalla qué entiende usted por tal, basándose, además, en testimonios de parte
que tampoco lo precisa. Yo le puedo asegurar que no ha existido tal trato de
desprecio.
Lo
que sí precisa es que (p. 45), según Usted, he tildado a autoridades
académicas, por escrito y con publicidad, de "sinvergüenzas" y
"prevaricadoras" si no hacen lo que yo dispongo, pero olvida
Usted indicar dónde he utilizado yo esas expresiones que saca, además, Usted de
contexto. Las palabras que Usted entrecomilla no las he utilizado
referidas, en ningún momento, a persona alguna concreta, como Usted parece
haber entendido, por lo que le ruego que sea más preciso porque, si no, no
puedo defenderme y aclarar lo que creo que es un malentendido suyo.
Le
pregunto como jurista que es: ¿le parece serio proponer que me sancionen sin
permitirme que pueda defenderme de acusaciones genéricas como desconsideración
con los superiores sin que detalle de forma pormenorizada lo que Usted entiende
como tal, indicándome expresiones, lugares y momentos en los que,
presuntamente, se han producido los hechos?
V.
Atentar contra la dignidad de los funcionarios y de la administración de la
Universidad de Almería (2 meses).
Según
Usted, resulta evidente la intención de desprestigiar a la Universidad de
Almería como centro docente e investigador por mi parte, sin que detalle Usted
cuándo y de qué forma he hecho yo lo que es una mera opinión suya, sin base
documental alguna pues no ha contrastado Usted mis denuncias de
irregularidades. En ese sentido, le recuerdo que la Universidad de Almería
no son las autoridades solo, sino que somos un amplio colectivo de personas,
entre las que me encuentro, que trabajamos día a día para que este centro
funcione y tenga prestigio. Despretigia a la Universidad quien no cumple con
sus obligaciones, sean docentes, administrativas o directivas, quien deja de
aplicar las normativas vigentes y pretende hacer un uso partidista y particular del nombre de la institución.
Si
yo denuncio irregularidades, no por ello estoy tratando de desprestigiar a la
Universidad en la que se producen, sino que por el contrario, procuro velar
para que esas irregularidades dejen de producirse, pues son, precisamente,
quienes cometen las irregularidades quienes despretigian a la Universidad.
No
puedo contestar al tema de quiénes cree Usted que son los funcionarios contra
los que entiende Usted que yo he atentado, pero conociendo su afición a
duplicar y triplicar supuestas faltas por un mismo hecho, imagino que serán los
mismos que ya se han mencionado en otras presuntas faltas, en especial los
miembros del Consejo de Gobierno, en el que se incluye el Rector, D. Carmelo
Rodríguez Torreblanca, que lo ha nombrado a Usted y que será quien resuelva
siendo parte, por lo que ya está contestado el que son falsas sus acusaciones,
aunque debería Usted de explicitar los nombres de todos y cada uno y precisar
mis actuaciones que, a su modo de ver, son merecedoras de ser sancionadas.
VI.
Utilizar los datos personales de sus alumnos para usarlos con fines diversos,
pero distintos para los que está autorizado y por manipularlos con
desinformación (2 meses).
Durante
30 años vengo dedicándome a la educación por vocación, sin haber perdido ni un
ápice de ilusión, insistiendo en que debemos también educar en valores, como la
solidaridad, la responsabilidad, el espíritu crítico constructivo y tantos
otros. Así se lo pueden confirmar generaciones y generaciones de alumnos que
han cursado las asignaturas que he impartido.
Y
ahora viene Usted y me acusa de que confundo y manipulo a los alumnos, y de
que les miento y muestro desconsideración hacia ellos y que llego a tomarlos de
rehenes. Y todo ello sin dar prueba alguna, sin precisar en qué y cuándo los he
manipulado y en qué les he mentido.
Decirles
cuáles son sus derechos, que he presentado denuncias ante irregularidades que
he visto, animarlos a que cuando observen también irregularidades, las
denuncien constructivamente, informándoles de que tienen derecho a que los
examine un tribunal en lugar del profesor de la asignatura, para que no le
tengan miedo a éste, y que también pueden pedir la revisión de sus exámenes a
un tribunal, y hechos similares, ¿no son información? ¿Por qué son
manipulación? Además, en correos por escrito para que quede constancia de todo
ello y no haya la menor duda, a los correos de contacto que han dado ellos
mismos. Ningún alumno me ha indicado que deje de enviarle mensajes. Lo habría
hecho, en ese caso, inmediatamente.
¿Por
qué considera Usted que, cuando detecto plagios bastante generalizados, y les
informo de que plagiar es un problema importante que hay que tratar, es un
comportamiento mío injustificable e intolerable? Me niego a creer que Usted sea
tan mal profesor que dejaría pasar el tema, pues ha llegado a ser catedrático,
aparte de que se dedica al derecho y el plagio es un delito.
Y
quiero terminar estas alegaciones con las mismas palabras que le dirigí al
Rector, D. Carmelo Rodríguez Torreblanca, cuando decidió abrirme el expediente
disciplinario (lo que escribo entre paréntesis son añadidos ahora):
Por último, quiero señalar lo duro que es que a
una persona que se dedica a la enseña por vocación y que ha entregado a ella la
mayor parte de su vida (30 años), sin que haya tenido tacha alguna ni denuncia
sobre su labor docente, por la decisión de otra persona que da credibilidad a
denuncias contra ella que pueden ser falsas, abre un expediente disciplinario
que puede llevar aparejado el que ese docente sea apartado de su vocación (nada
más y nada menos que 5 años y 6 meses). Si fue duro cuando Pedro Molina
(anterior rector) me abrió un expediente disciplinario y me sancionó por
acciones ajenas a la docencia (4 años y 3 meses), que acabó demostrándose que
fue injusto, muchísimo más cruel es cuando de lo que te acusan es de haber
abusado de tu labor docente. Quien tenga vocación por la docencia lo entenderá
fácilmente.
¡Qué paradoja! Después de ver
reclamaciones y reclamaciones de alumnos llenos de razón contra profesores sin
vocación en muchos casos, reclamaciones que encontraron el vacío e incluso la
represión, pues tuvieron que irse algunos de esos estudiantes a acabar sus
carreras a otras universidades (y cito solo los casos de tres de ellos, CM, JD
y MTT, que pueden dar fe de ello), cuando creo que esas reclamaciones no tienen
razón y movilizan a la Delegación de Alumnos de la Humanidad, al Consejo
Estudiantil, al Director del Departamento de Filología, al Decano de la
Facultad de Humanidades, al Vicerrector de Ordenación Académica y a la
Inspección de Servicios (aparte de a Usted como instructor), van a suponer un
punto y aparte en una carrera vocacional de un docente nada corporativista,
crítico contra los abusos de poder y defensor de los derechos de los más
desamparados. ¿Por qué será?
Y reproduzco a continuación la
introducción del escrito que le he presentado al instructor:
Con
carácter previo, quiero hacer constar:
Primero: En dicha propuesta no tiene en cuenta las
alegaciones que formulé con fecha de 26 de septiembre de 2019, a la vista de
parte del expediente, y digo parte porque no se me ha dado el expediente
completo, ocultándoseme documentos que considero muy importantes. Le recuerdo
que, en virtud del art. 88 de la ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en relación con el contenido de la
resolución, determina que ésta decidirá todas las cuestiones planteadas por los
interesados y aquellas otras derivadas del mismo y es evidente que Usted no lo
ha hecho hasta ahora. Por lo pronto, todo lo planteado en las alegaciones del
26 de septiembre las evita y son sumamente importantes. Pero también omite
otras cuestiones planteadas anteriormente.
Segundo: Por otro lado, no ha fijado Usted los
hechos exactos que se me imputan, con precisión de todas las circunstancias que
delimitan esos hechos, sino que, en muchos casos, parece dar Usted como buenos
hechos vagos establecidos en las conclusiones de la información reservada,
basada ésta en una documentación que se me ha ocultado y que, por todos los
indicios, como preciso en las alegaciones a la vista de la parte del expediente
que se me ha facilitado, son, cuando menos, sesgados y partidistas y, en muchos
extremos, según he podido comprobar fehacientemente, son falsos.
Tercero: En el tercer antecedente, p.2, dice Usted
en relación con la primera toma de declaración: "Se niega a declarar y a firmar el acta de
comparecencia". No es cierto. Como bien sabe Usted, le dije que estaba
deseando declarar y aclarar todas las confusiones que han creado, pero eso sí,
bien informado antes de todos los extremos de los que me acusan, para poder
responder adecuadamente a las preguntas que se me hagan, sin que se me deje en
indefensión.
Cuarto: El Rector, D. Carmelo Rodríguez Torreblanca
es actor y testigo clave. Ya veo que no quiere Usted mencionarlo en relación
con los hechos y evitar implicarlo, pues, en realidad, se había de haber
aceptado la recusación que presenté, dado que no debería ser juez y parte,
habiendo sido también la persona que lo nombró a Usted y será la persona que
finalmente resuelva.
Quinto: No fui bien notificado en un trámite
fundamental como es la prueba e insisto en ello, lo que planteé anteriormente,
sin analizar Usted todas las circunstancias, sino que se precipitó en
desestimar mi alegación antes de conocer todos los extremos.
Sexto: Con respecto al
antecedente décimo, como le debe constar a Usted, con fecha del 19 de
septiembre y dentro de plazo, solicité, dado que el expediente es de gran
amplitud y gran complejidad, una ampliación del 50% del plazo, es decir 5 días
hábiles más, al amparo del art. 32 de la ley 39/2015 del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin que contestara
Usted, y presenté las alegaciones el día 26 de septiembre, como ya he señalado.
Hola Jorge,
ResponderEliminarGracias por compartir, y te áanimo a seguir adelante.
En cuanto al texto, te sugiero un resumen inicial de 4 puntos breves. Así cualquiera puede hacerse una idea rápida del tema. De otra forma el texto se antoja muy largo y farragoso.
Gracias y ánimo!
Francisco