11/7/22

Y la sentencia... ¿para cuándo?


La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería, Dña. Ana Fariñas Gómez, debió de emitir la sentencia del procedimiento abreviado 145/2020, sobre la sanción disciplinaria que me impuso el rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca de suspensión de empleo y sueldo de 3 años y 2 meses, en julio de 2021, pero se marchó de vacaciones sin hacerlo.

Le he pedido por activa y por pasiva (y me consta que otras muchas personas también) que no demore la sentencia por la indefensión en la que me deja y asimismo para que no me discrimine pues está emitiendo sentencias de casos posteriores y ha dejado al margen la de mi caso. Me contestaba que estaba en ello, pero que tenía mucha carga de trabajo y que el expediente es muy extenso (en el juicio decía que ya se lo había leído, por lo que me pedía que no le detallara determinadas cuestiones).

Un año después, la pregunta es: ¿volverá a irse de vacaciones sin emitir la sentencia?

Si yo me hubiera ido una sola vez de vacaciones, sin calificar/juzgar a los alumnos, me hubieran sancionado y con mucha razón.

Me dedico a la docencia y a la investigación por vocación, que no solo se  mantiene sino que se ha incrementado con el tiempo. Por eso me están haciendo mucho daño quienes me impiden que la desarrolle. He visto cómo muchos profesores en la universidad pierden la vocación si es que alguna vez la tuvieron y algunos si no tienen un cargo académico no son nadie. Y he visto muchos incumplimientos verdaderamente sancionables, que contrastan con mi caso, que entiendo que he sido sancionado muy injustamente, al igual que en los dos casos anteriores en los que, del mismo modo que ahora, el sancionador hacía de juez siendo parte. Esto es algo intolerable, máxime cuando lo había recusado. Curiosamente, resolvieron la recusación otros que eran también parte, pues habían sido acusación diciendo que yo los había coaccionado (los miembros del consejo de gobierno). He mantenido por activa y por pasiva que el acoso y las coacciones son delitos penales y que debían de haberme denunciado en el juzgado en lugar de tomarse ellos la justicia por su mano de forma interesada.

Los expertos afirman que las sanciones tienen máxima prioridad, por lo que no son contenciosos administrativos al uso por la similitud con lo penal. Yo soy consciente de que en los juzgados unipersonales hay menos garantías que en las salas en las que hay 3 o  5 magistrados y por eso, si no se me diera la razón en primera instancia estoy dispuesto a llegar hasta el recurso de casación para que la sangrante sanción con la que me están marcando quede sin efecto. Con el tiempo transcurrido sin sentencia, ya podría haber habido o estaría a punto incluso en segunda instancia, en caso de que no me la hubiera dado en esta primera instancia.

Juzguen ustedes lo que está pasando...