En
primer lugar, considero que el juez sustituto del Juzgado
Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería, Antonio Luis García Valverde,
ha actuado con parcialidad durante el juicio, dejándome en indefensión,
al impedir que se le hicieran una serie de preguntas fundamentales a los
testigos, que reconocían que les había pedido una candidata que formaran parte
del tribunal que había de juzgar la plaza que ella quería obtener. Anteriormente,
en el caso de mi sanción, el mismo magistrado demostró poco acierto al no
conceder la suspensión cautelar, teniendo que rectificarlo el Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía, con unas circunstancias agravantes, pues se negó con
reiteración a comprobar si su auto de no concesión estaba, aparte de falto de
motivación, basado en un falso testimonio del Vicerrector José Luis Martínez
Vidal. Le insistí una y otra vez que alguien mentía y cometía un delito penal
contra la administración de justicia, de gran repercusión en la suspensión
cautelar: o Martínez Vidal o yo mismo al acusarlo falsamente y entiendo que
debía aclararlo.
A pesar
de esos intentos del juez para que no se profundizara en el tráfico de
influencias y el fraude de ley que se ha dado en el nombramiento del tribunal
que había de juzgar la cátedra de árabe, se ha podido constatar que fue una
persona que se presentaba la que pidió a unos catedráticos determinados que
estuvieran en el tribunal, dándose la circunstancia de que aquel que, según la
normativa vigente debía estar, no fue nombrado al no tener garantizada la
candidata que le iba a votar. No se ha podido demostrar del todo por la
obstaculización para llegar al fondo del juez que el tribunal se nombró con
personas que tenían manifiesta animadversión hacia mí, como forma de garantizar
que sería Luisa Arvide quien obtuviera la plaza, en el caso de que yo pudiera
finalmente presentarme. Sí ha quedado demostrado que se debía haber seguido lo
que establecen los estatutos y no el reglamento, pues no había nada que
justificara el que se aplicara un reglamento de rango inferior sobre unos
estatutos de rango superior.
Según
la abogada de Pedro Molina, Carmen Pilar Pulido Egea, yo no estoy
legitimado para exigir que se aplique el procedimiento legalmente establecido y
se anule la cátedra por las anomalías comentadas. Trata así de esquivar que se
entre en el fondo del tema, pues es más que evidente que está perdido el
caso por su parte. Es una hipocresía y lo
digo bien alto, una hipocresía de Pedro Molina y su abogada, pues,
cuando les interesó que se anularan las cátedras ocupadas por Agapito
Maestre y Miguel Martínez, de Filosofía y Filología Inglesa,
respectivamente, sí se consideró que estaban legitimados para pedir la
anulación los recurrentes que eran Cayetano Aranda Torres, actualmente
del equipo de Pedro Molina en el Servicio de Publicaciones, y Amalia Miras
Baldo y María Elisa Prieto Barrero, la esposa de José Guerrero
Villalba, mano derecha de Pedro Molina. El TSJA rechazó entonces la petición de
inadmisibilidad pedida “no sólo porque, como ha declarado el Tribunal
Constitucional –sentencias 60/1.982, de 11 de octubre y 160/1.985, de 28 de
noviembre-, el concepto de interés legítimo es mucho más amplio que el de
interés directo, dado el alcance que cabe atribuir al Art. 24.1 de la
Constitución, en relación con lo también preceptuado en la Disposición
derogatoria tercera del mismo Texto Fundamental, sino, además, porque, estando
legitimados los recurrentes, como Profesores Titulares de Universidad, para intervenir
en los procesos selectivos impugnados, no puede negárseles su legitimación para
acudir a la vía jurisdiccional, en relación con todas las incidencias que
puedan producirse en tales procesos selectivos”.
Además, como miembro del área y del Departamento tengo un interés legítimo en que mis compañeros sean los más capacitados e idoneos, de acuerdo con las previsiones
legales, pues lo contrario 1) me conlleva el perjuicio de que el equipo de
profesores donde estoy integrado no esté formado por los mejores (lo cual repercute
negativamente en mi trabajo cotidiano) y 2) desprestigia mi centro de trabajo
debido a que allí se elige a la gente a dedo en lugar de conforme a la ley, lo
cual me causa un perjuicio de cara a la opinión pública, pues se me asocia con
ese área donde se realizan prácticas irregulares. Mi interés legitimo en exigir que se cumpla la legalidad vigente y verme amparado en dicha pretensión es obvio, pues, por no respetar
la normativa, se me causan los perjuicios antes mencionados.
La sentencia habrá de emitirla en breve el
magistrado sustituto. Espero que con mayor imparcialidad de cómo ha llevado el
juicio, pues me ha dejado en indefensión para poder probar hechos de especial
transcendencia, aunque las irregularidades eran tantas, que desbordaban por
todos lados. Él tiene en sus manos una gran responsabilidad, la de impartir
Justicia, y yo voy a estar muy al tanto de exigirle que la imparta, de forma
responsable, con todas sus consecuencias, dando publicidad a todo el proceso,
incluidas las preguntas y los puntos que ha impedido que afloren.
4 comentarios:
veremos a ver si no te dice que tú no estás legitimida porque no podías optar a la cátedra y zanja así el tema, sin tener que entrar en el fondo, uy que me lo huelo.
claro que una sentencia así a ti te deja, pues un poco fuera de todo, al no pronunciarse sobre el fondo, sobre esas acusaciones que haces, si declara inadmisible tu demanda no resuelve esos temas sobre la legalidad o no de la convocatoria.
Oleras entonces a podrido, ¿no? Es lo más fácil que haga, pero también lo que lo dejará más en evidencia. Recurriré, pero iniciaré también vía penal, entre otros contra el juez, por diversos motivos, y tarde o temprano, se habrá de llegar al fondo, que es lo que realmente interesa, ¿no?.
pues si la declara inadmisible, cosa que yo veo que legalmente no sería en absoluto ninguna locura, te deja jorobado. Y penalmente, pues no, no hay sustancia penal, por declararla inadmisible o por no haber aceptado alguna pregunta de tu abogado. los temas penales no se ventilan por esos motivos.
sería un paso atrás en tu estrategia, no tan fuerte como si resuelve entrando en el fondo y diciendo que todo es legal, pero sí un paso atrás si no entra a conocer. No lo puedes apuntar como un punto a favor diciendo que entonces lo deja todo más en evidencia. Simplemente, no te favorece la inadmisión (como tampoco la desestimación). creo.
Deberías decir quién eres. ¿Tienes conocimiento de todos los extremos para juzgar que no es ninguna locura que lo declare inadmisible? ¿Es porque sabes cómo funciona la justicia en España o este juez en concreto, donde ya ha quedado demostrado anteriormente que ha actuado injustamente y faltaría demostrar que lo hizo a sabiendas para que fuese una clara prevaricación? No tengo prisa para que se llegue al fondo y tampoco me tomaré pausa con todas las vías a mi alcance, que no son pocas. Puede ser que te sorprendan. Como parece que eres jurista o aficionado, al menos, fácilmente comprenderás que estamos en desigualdad de condiciones al saber tú quien soy yo y desconocer yo tu identidad. Si quieres que sigamos hablando, identifícate o, incluso, hablamos cara a cara, con un café o una cerveza en la mano. Así lo hacen las personas honestas.
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