15/4/11

Sobre Tribunal en la cátedra de Almería

Algunos me habéis pedido que reproduzca lo que dice los Estatutos de la Universidad de Almería al respecto de la Comisión evaluadora que ha de juzgar la cátedra de árabe o cualquier otra. Los estatutos en vigor, completos, los podéis ver en estos enlaces: http://cms.ual.es/idc/groups/public/@orgob/@consejosocial/documents/documento/documento27182.pdf http://www.crue.org/export/sites/Crue/legislacion/documentos/estatutosuniversidades/Almeria.pdf El artículo en cuestión, el 104, dice así (textualmente): Artículo 104. Comisión evaluadora. 1. Los concursos serán resueltos por una Comisión con la siguiente composición: Un Presidente, que será un catedrático de universidad que cuente con dos o más períodos de actividad investigadora evaluados positivamente designado por el Rector. Dos vocales, propuestos por el consejo de departamento de entre sus profesores, del área de conocimiento a que corresponda la plaza convocada o, en su defecto, de un área afín, pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios, de igual o superior categoría a la de la plaza objeto del concurso, con dos períodos de actividad investigadora evaluados positivamente cuando se trate de catedráticos de universidad, y de un período en los restantes casos. La propuesta se basará en criterios objetivos, debiendo recaer preferentemente en aquellos profesores cuyos currículos sean más acordes con el perfil de la plaza, y deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno. 2. En caso de imposibilidad de nombrar a los miembros de la Comisión previstos en la letra b del apartado anterior, el Departamento podrá proponer a profesores de otras universidades que cumplan los requisitos señalados. 3. La composición de las comisiones deberá hacerse pública junto con la convocatoria de los concursos. El Departamente debía haber nombrado a Javier Aguirre y a otro de otra Universidad, pero no, a quien ha nombrado es sólo a Josep Puig. Y el Rector, que debía nombrar solo a uno, ha nombrado a dos: Alfonso Carmona y María Jesús Viguera. En realidad, por lo que voy pudiendo documentar, a todos ellos los ha propuesto Luisa Arvide, profesora que se presenta a la cátedra. Se trata de algo más que un chanchullo, una presunta prevaricación (yo le quitaría hasta lo de presunta). Aquí en Almería, la gente tiene el pensamiento de que Pedro Molina es intocable y goza de una impunidad absoluta, por más que lo hayan acusado hasta de agredir físicamanete a otro candidato que se presentaba a rector. Yo creo que no debía ser así y es él, como Rector, el que debía dar ejemplo de cumplimiento de las mismas leyes que él ha aprobado. Vamos a ver si vivimos en un estado de derecho o algunos pueden saltarse las leyes, pues están por encima de ellas. Y también si a los implicados les queda algo de vergüenza y hacen algo, empezando por desautorizarme si lo que digo es mentira. He dicho muchas veces que no hay prepotentes sin cohorte de eunucos, por lo que si se acaban con los eunucos es posible que se acaben los prepotentes. Desde ahora siento no poder contestaros a todos personalmente, por falta de tiempo, por eso he mandado este mensaje en abierto, y es mi intención más que hablar y que se me vaya la fuerza por la boca, actuar y con contundencia. De cualquier forma, si alguien se le ocurre cosas para acabar con la corrupción que nos rodea (aquí apesta), le agradeceré que me lo haga saber.

Cátedra de árabe en la Universidad de Almería

El lunes 4 de abril de 2011, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería ha aprobado la convocatoria de una cátedra de Árabe, con el perfil de "Lengua árabe aplicada". Como más adelante os especificaré, tras sustanciar el tema en denuncia penal que presentaré y es posible que también querella, considero la convocatoria ilegal y punible por parte del Rector, Pedro Molina, por lo que emprenderé actuaciones judiciales contra él y contra las personas del tribunal que se presten a seguirle el juego. El tribunal que ha sido designado es el siguiente: Presidente titular: Alfonso CARMONA Vocal 1 titular: María Jesús VIGUERA Vocal 2 titular: Josep PUIG Presidente suplente: Francisco FRANCO Vocal 1 suplente: María ARCAS CAMPOY Vocal 2 suplente: Luis F. BERNABE PONS Envío copia de este mensaje al Rector y a los miembros del tribunal para que sepan cuál es mi intención. Según los Estatutos de la Universidad de Almería, el Rectorado debía nombrar al Presidente y el Consejo de Departamento a dos vocales del tribunal, habiendo de ser uno el Catedrático del Área de la UAL, es decir, Javier Aguirre. Aparte de poderse ver que no está Javier Aguirre, el Departamento, supuestamente, ha nombrado a un vocal y el rectorado al Presidente y a otro vocal, aparte de los suplentes. De cualquier forma, como he denunciado, quien los ha propuesto ha sido Luisa Arvide, que se presenta a la cátedra, lo que me parece totalmente ilegal y fraudulento. Alfonso Carmona y Francisco Franco me reconocieron que Luisa Arvide había hablado con ellos y que habían aceptado ser suplentes. Seguramente, con el resto habrá hablado también Luisa Arvide, aparte de con otras personas con las que puedo demostrar que ha conversado, pero que al saber que podía ser que no la votaran, decidió no ponerlos. En la prueba testifical del proceso penal, para el que convocaré a todos los miembros del Tribunal espero que se aclaren muchas cosas. Os seguiré informando sobre el tema.

30/3/11

A la espera de la contestación de D. Ángel Gabilondo

Dentro de poco habrán transcurrido tres meses desde que le hice la petición al Ministro de Educación, D. Ángel Gabilondo, de que abríese expediente disciplinario a la Directora de la ANECA, Dña. Zulima Fernández Rodríguez y a los miembros de la Comisión D. Alfredo Morales Gil, Catedrático de Análisis Geográfico Regional de la Universidad de Alicante, como Presidente de la misma, D. Carlos Villanueva Abelairas, Catedrático de Música de la Universidad de Santiago de Compostela, Dña. M. Isabel Ostolaza Elizondo, Catedrática de Ciencias y Técnicas Historiográficas de la Universidad Pública de Navarra, Dña. Arminda Lozano Velilla, Catedrática de Historia Antigua de la Universidad Complutense de Madrid, D. Alfonso García Suárez, Catedrático de Lógica y Filosofía de la Universidad de Oviedo, Dña. Consuelo Ruiz Montero, Catedrática de Filología Griega de la Universidad de Murcia, D. Fernando Cabo Aseguinolaza, Catedrático de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada de la Universidad de Santiago de Compostela, D. Antonio Narbona Jiménez, Catedrático de Lengua Española de la Universidad de Sevilla, y Dña. M0. Teresa Gibert Maceda, Catedrática de Filología Española de la UNED, como titulares de la Comisión. Ninguna constestación he obtenido. Desde mi punto de vista, más grave que los hechos en sí es que el Sr. Ministro no los investigara y adoptara las medidas oportunas. Si así fuera, creo que tendría que pedir responsabilidades por su actuación.

16/3/11

Intento de sanción en la UAL

De forma anónima, un funcionario de la Universidad de Almería me amenazó con sancionarme con una inhabilitación durante 3 meses de la lista "noticias" de la UAL. Puse el tema en conocimiento del Defensor de la UAL, Antonio Pulido Bosch, y le pedí su actuación en tres aspectos: 1) Que identificara a la persona que había enviado la advertencia y exigiera que toda notificación de este tipo sea firmada por un funcionario, el competente, sin que se permita enviar anónimos oficiales. 2) Se planteara si el procedimiento es el ajustado a derecho, pues no se advierte de que haya trámite de audiencia (alegaciones) y parece querer imponerse de plano. 3) Estudiara si se podía tener la intención de coartar mi legítimo derecho a la libertad de expresión y también de información y podría suponer un intento de acoso laboral. Ya he recibido contestación por parte del Defensor de la UAL, Antonio Pulido Bosch, en la que: 1) Dice que le han comunicado su disposición a que figure el nombre en los futuros procedimientos de incumplimiento de las normas, si bien, en mi caso, no identifica al funcionario que me envió el mensaje. 2) Parece que estima adecuado el procedimiento que se utiliza. 3) No entra en el tema del acoso laboral y puntualiza que, como me dijo en la reunión que mantuve con él, que cuando tenga pruebas de lo que afirmo, su decisión "será convenientemente modificada" y entonces investigará. Efectivamente, según mis notas, me dijo que él no iba a preguntar a quien había actuado escudándose en el anonimato si lo hacía por indicación de alguien y por qué razón, como le pedí, pues el preguntar entendía que era acusar. Me llamó mucho la atención su curiosa concepción. La valoración que hago es que Antonio Pulido Bosch, como Defensor de la UAL, no ha entrado en el fondo de los temas. Ya me lo esperaba, tras la conversación mantenida con él en esta ocasión y en otra anterior, donde vino a decir que el problema era yo, por las denuncias que hacía y la forma de hacerlas. En algunos momentos me daba la impresión de que intentaba intimidarme, aunque creo que se le quedaría bien claro que los intentos de intimidación, en mi caso, me producen un efecto diferente: indignación y determinación para acabar con las intimidaciones. En resumen, me parece una vergüenza que no podamos tener un defensor en condiciones, con sensibilidad hacia nuestra condición de administrados y capaz de enfrentarse y exigir a los administradores que no hagan abuso de poder. Sigo pensando que hay un intento de coartar la libertad de expresión y, sobre todo, se quiere cercenar el necesario espíritu crítico con ciertas actuaciones de algunas autoridades en la UAL. Y es por eso por lo que seguiré trabajando para que no se imponga esa actitud.

4/1/11

Informes confidenciales y cátedra de Almería

Sigo dando publicidad a todo lo que vaya haciendo, como persona que se cree lo de que vivimos en un estado de derecho y que quiere comprobarlo para, a partir de hechos documentados, poder afirmar o no si efectivamente tenemos los derechos que nos dicen que tenemos y si el supuesto estado de derecho funciona o no y debido a qué funcionarios, con nombres y apellidos, para darles las gracias o sacarles los colores, si tienen, según estime oportuno, públicamente, pues mis mensajes los firmo y me responsabilizo de ellos.
He presentado una reclamación al Excmo. Sr. D. Ángel Gabilondo Pujol en su calidad de Presidente del Consejo de Universidades. La reproduzco a continuación, seguida de las alegaciones que había presentado previamente a la ANECA.
Referencia 2010-002447 (Acreditación para el cuerpo de Catedráticos de Universidad)
AL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE UNIVERSIDADES
Ministerio de Educación C/ Alcalá, 36 28071 Madrid
JORGE LIROLA DELGADO, mayor de edad, con N.I.F. nº 27.494.505-Y y domicilio en Avda. San Juan Bosco, 67, 1º B de Almería (04005), el cual se deja señalado expresamente a efectos de notificaciones, DIGO:
Que mediante resolución de fecha 30 de noviembre de 2010, notificada el día 21 de diciembre, dictada por la AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD Y ACREDITACIÓN (ANECA), en el expediente referenciado en el encabezamiento de este escrito, se desestima mi acreditación para el cuerpo de catedrático de universidad.
Que mediante el presente escrito, vengo a interponer RECLAMACIÓN, en tiempo y forma, contra dicha resolución, de conformidad con el art. 16 del Real Decreto 1312/2007 ante el Presidente del Consejo de Universidades, Excmo. Sr. D. Ángel Gabilondo Pujol, basándome en las siguientes
ALEGACIONES
En la referida resolución desfavorable de la ANECA no se han tenido en cuenta ninguna de las alegaciones que formulé en el trámite de audiencia con fecha de registro de entrada del 15 de noviembre de 2010, pues a ninguna de ellas se refiere en la resolución, por lo que me reitero en todas y cada una de esas alegaciones, que adjunto.
Dado que entre las principales alegaciones está la indefensión en la que se me dejaba al no permitírseme acceder al expediente completo para formular las alegaciones, dicha indefensión todavía es mayor al resolverse sin subsanar esa indefensión. Pese a personarme en las dependencias de la ANECA y solicitarlo por registro el día 15 de noviembre, no se me ha permitido acceder a extremos importante de mi expediente, como son la identidad de los expertos informantes, escudándose en la confidencialidad de los informes, lo cual estimo que es totalmente lesivo para mis intereses y vulnera mis legítimos derechos, además de que no se me permitió comprobar la evaluación realizada, desglosada y justificada según baremo. Por eso no pude comprobar si, como tengo la sospecha, al puntuarme 45 en investigación, se tuvo sólo en cuenta los tres tramos que poseo y no me han evaluado los 5 años transcurridos desde el último tramo en los que tengo nada menos que 4 libros (4 volúmenes de la obra Biblioteca de al-Andalus, con un total de 669, 655, 733 y 669 páginas, que son mis mejores obras; se trata de mi periodo de investigación más fecundo) y ello es importante por cuanto que la puntuación total que se me concedió es de 77 y sólo necesitaba tres puntos más para obtener la habilitación.
Tampoco se ha tenido en cuenta el agravio comparativo y el trato discriminatorio que alegué. Basta que Ustedes comparen los currículos de Dña. Luisa María Arvide Cambra, de mi misma Área de Conocimiento y de mi misma Universidad, que sí ha sido habilitada por la misma Comisión el 17 de junio de 2010, para que comprueben lo cierto que hay en el agravio comparativo que alegué. Y les solicito expresamente que realicen dicha comparación de currículos. FUNDAMENTOS DE DERECHO
Los referidos en las alegaciones presentadas anteriormente, que son básicamente los artículos 9, 14, 23 y 103 de la Constitución Española, más toda la legislación que los desarrolla y pone en práctica, preceptos que reconocen la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos españoles y obligan a las administraciones públicas a garantizar dicha igualdad y prohíben expresamente la arbitrariedad de los poderes públicos. Asimismo, la jurisprudencia establecida por la sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en su sentencia 635 de 2006, que falló contra la ANECA y la Dirección General de Universidades, igualmente referida en el escrito adjunto de alegaciones. En su virtud, SOLICITO
Que sea estimada por parte de la Comisión de reclamaciones designada al efecto por el Consejo de Universidades la presente reclamación, y que, a la luz de los criterios contenidos en el RD. 1312/2007, de su aplicación en la resolución de los expedientes de otras solicitudes de acreditación para el cuerpo de Catedráticos de Universidad en el Área de Conocimiento de Estudios Árabes e Islámicos, y, en especial, del de Dña. Luisa María Arvide Cambra,
a) reconozca la irrelevancia de los argumentos aducidos or ANECA para denegar mi acreditación y asimismo el grave vicio que afecta a la resolución impugnada por no haber tenido en cuenta los 5 años que no han sido aún evaluados en un tramo de investigación así como el que no resuelve la resolución impugnada sobre las alegaciones de indefensión y agravio comparativo formuladas a dicho organismo;
b) reconozca que, en virtud de los argumentos aducidos en las alegaciones, en particular las cuatro obras de los últimos cinco años, así como la docencia, que estimo que no ha sido bien calificada por la ANECA (22 sobre 35), y sobre todo en comparación con los méritos de otros postulantes de acreditación del Área de Estudios Árabes e Islámicos, en especial los de la referida Profa. Arvide Cambra, procede que la ANECA me conceda la referida acreditación;
c) como consecuencia de lo anterior, remita a la ANECA una resolución en la que le ordene que, revisado mi expediente y, en aplicación de los criterios seguidos en otros casos similares el mismo Área de Conocimiento, en especial el de la referida Profa. Arvide Cambra, me sea concedida la acreditación solicitada.
PRIMER OTROSÍ DIGO: Que la Comisión de Reclamaciones no puede ampararse en el art. 16.3 del RD. 1312/2007 ("El examen de la reclamación se hará basándose en la solicitud de evaluación y toda la documentación contenida en el expediente") para concluir que no procede la revisión de otros expedientes distintos al mío. El citado precepto indica sólo una manera de proceder pero no excluye otras que puede seguir la Comisión de Reclamaciones. En todo caso, dicho artículo debe entenderse como subordinado a las normativas de rango superior, empezando por los artículos 9 y 14 de la Constitución Española, que obligan a esta Comisión a actuar en defensa del principio de legalidad e igualdad evitando en cualquier caso el agravio comparativo y la discriminación y corrigiéndolos cuando se producen.
En su virtud,
SOLICITO: Que la Comisión de Reclamaciones solicite a la ANECA todos los expedientes de las acreditaciones para catedrático de universidad en el Área de Estudios Árabes e Islámicos concedidas desde 2008 para resolver la sustanciación de la presente reclamación, y, muy especialmente, el de la Profa. Luisa M. Arvide Cambra.
SEGUNDO OTROSÍ DIGO: Para el hipotético caso en que la Comisión de Reclamaciones no estime oportuno revisar los expedientes indicados, aunque sólo sea el de la Profa. Arvide Cambra, o estime que las alegaciones contenidas en mis escritos no acreditan suficientemente la existencia del agravio comparativo,
SOLICITO:
a) que se me conceda acceso a la revisión de los expedientes de acreditación al cuerpo de catedráticos en el Área de Estudios Árabes e Islámicos que obran en la ANECA desde principios de 2008 hasta la fecha, a lo cual tengo derecho or ser parte interesada (artículo 31 B de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: "son interesados los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte"), y porque no contienen datos confidenciales soino datos que constan en fuentes accesibles al público (Ley O. 15/1999 sobre protección de datos, art. 11.2);
y b) me sea concedido nuevo plazo (en virtud del art. 49 de la citada Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas) para formular, ante la Comisión de Reclamaciones, el escrito de reclamación correspondiente en base a la información contenida en los mismos.
TERCER OTROSÍ DIGO: Para el caso de que la Comisión de Reclamaciones, tras la dicho en mis escritos, no acceda a instar a la ANECA a concederme la acreditación,
SOLICITO: que, en cumplimiento de la legislación vigente, se me permita acceder a mi expediente completo, en el que consten los informes íntegros, incluida la identidad de los informantes, así como las puntuaciones desglosada en cada uno de los capítulos, a lavez que el baremo que se ha utilizado, y se me conceda nuevo plazo para formular el escrito de reclamación con plenas garantías de poder defender mis legítimos intereses. Almería, 3 de enero de 2011 Fdo.: Jorge Lirola Delgado Referencia 2010-002447 Sr. Presidente de la Comisión de Acreditación CU-ARTES Y HUMANIDADES y demás miembros Sr. D. Alfredo Morales Gil, Catedrático de Análisis Geográfico Regional de la Universidad de Alicante, como Presidente de la Comisión, Sr. D. Carlos Villanueva Abelairas, Catedrático de Música de la Universidad de Santiago de Compostela, Sra. Dña. Mª. Isabel Ostolaza Elizondo, Catedrática de Ciencias y Técnicas Historiográficas de la Universidad Pública de Navarra, Sra. Dña. Arminda Lozano Velilla, Catedrática de Historia Antigua de la Universidad Complutense de Madrid, Sr. D. Alfonso García Suárez, Catedrático de Lógica y Filosofía de la Universidad de Oviedo, Sra. Dña. Consuelo Ruiz Montero, Catedrática de Filología Griega de la Universidad de Murcia, Sr. D. Fernando Cabo Aseguinolaza, Catedrático de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada de la Universidad de Santiago de Compostela, Sr. D. Antonio Narbona Jiménez, Catedrático de Lengua Española de la Universidad de Sevilla, y Sra. Dña. Mª. Teresa Gibert Maceda, Catedrática de Filología Española de la UNED, como titulares de la Comisión:
Con fecha de 20 de octubre de 2010, Dña. Zulima Fernández Rodríguez, en calidad de Directora de la ANECA, me ha notificado su propuesta de resolución desfavorable a la solicitud que presenté para acreditarme para catedrático de Estudios Árabes e Islámicos, notificación recibida con fecha 9 de noviembre. Y, al amparo de la legislación vigente, me recuerda que dispongo de 10 días hábiles para presentar ante la Comisión las alegaciones que estime pertinentes para que la misma las valore antes de la emisión de la resolución definitiva.
Por ello, el día 15 de noviembre me he personado en las dependencias de la ANECA, con la intención de poder consultar, en uso del derecho que me otorga nuestro ordenamiento jurídico, el expediente completo, en el que estimo que deben figurar los nombres de los expertos que han emitido los informes así como las justificaciones detalladas de por qué se me dan las calificaciones de 45 sobre 55, 22 sobre 35 y 10 sobre 10, y poder así realizar las alegaciones con plenas garantías, pues en la documentación que se me ha enviado sólo se mencionan generalidades sin descender al detalle concreto.
No se me ha permitido acceder a mi expediente completo, por lo cual lo primero que he de alegar es INDEFENSIÓN. Estimo que se me deja indefenso para poder realizar las alegaciones que se me piden que haga y que tengo derecho a hacer con plenas garantías legales que, en este caso, entiendo, incumplidas al impedírseme el acceso a la información completa y detallada.
Dicho esto, quiero expresarles mis discrepancias con "los motivos" de su propuesta de resolutión.
1) Me dicen que "el curriculum del solicitante presenta algunas carencias, reflejadas en parte por los informes de los expertos". A mis 47 años, tras más de 20 años de ejercicio de la docencia -24 desde mi estreno en la Universidad de El Cairo como profesor contratado- y de 23 desde que empecé a investigar con una beca de investigación del Ministerio y que he continuado ininterrumpidamente, dedicando a docencia e investigación muchísimas horas de mi vida, me dicen que mi currículo no es perfecto y tiene algunas carencias. Ya lo sabía. Pero no se necesita ser perfecto y no se ha de tener un 100 para obtener la habilitación. Bastaba con un 80, pero me han puntuado con un 77. Ustedes también sabrán, por propia experiencia, que por muchas horas que le dediquemos a nuestros estudios nunca, afortunadamente, llegaremos a ser perfectos (y les digo afortunadamente porque en mi caso, como seguramente también en el de Ustedes, mis estudios no constituyen sólo mi profesión sino también mi afición) y se lo digo a Ustedes a la vista de la mayor parte de sus currículos, que son públicos y se pueden analizar (creo que coincidirán conmigo en que se va consiguiendo que haya más transparencia, como garantía de equidad, aunque aún queda mucho por conseguir en ambos aspectos).
2) Me comentan a continuación que "se recuerda que tales informes no son vinculantes para la Comisión". Ya sé que tienen Ustedes un gran poder para decidir y que, independientemente de lo que digan los informes de los expertos, pueden ustedes aprobar a quienes tengan informes negativos y suspender a quienes lo tengan favorables. A este respecto, permítanme recordarles que también tienen Ustedes obligaciones que cumplir. Nuestra Constitución, en su art. 9.3 prohíbe expresamente la arbitrariedad de los poderes públicos. Y uno de los poderes públicos es la Administración y, como consecuencia, los órganos que por ella actúan; en este caso, Ustedes, funcionarios, como miembros de la Comisión Evaluadora. Les insisto en la indefensión en que se me deja pues no he podido comprobar si Ustedes, desde su experiencia profesional, muy dispar por lo que he podido observar en sus currículos, conocen bien mi trayectoria; si Ustedes, que son de áreas muy diferentes a la mía, conocen bien mi forma de trabajar, ya aquilatada por el tiempo, que ha ido dando sus frutos y seguirá dándolos, espero, por muchos años pues lo hago a través de la elaboración de bases de datos de mi especialidad (lo pueden comprobar en los 5 volúmenes publicados de la Biblioteca de al-Andalus, proyecto que dirijo y en el que trabajo con más de 100 investigadores, tanto nacionales como extranjeros, desde catedráticos a doctorandos; si Ustedes consideran la dirección este proyecto como "capacidad de liderazgo", pues me dicen que el solicitante debe demostrar tal para que le sea concedida la habilitación; y tampoco he podido comprobar si los expertos que han emitido los informes conocen bien el alcance del proyecto y de mi trayectoria (aludiré más adelante a elementos contradictorios que me hacen pensar que no lo conocen bien).
3) Con respecto a la actividad investigadora, me dicen que el número de artículos publicados en revistas indexadas es insuficiente, sin que, por un lado, digan cuál es el número suficiente ni haya podido comprobarlo si consta en el expediente completo. ¿Es que obligan Ustedes a publicar en una serie de revistas indexadas? No creo, pues, sinceramente, podría parecer un poco mafioso. Por otro lado, creo que coincidirán conmigo en que un artículo que no esté publicado en una revista indexada no deja de tener calidad por el simple hecho de no estar publicado en lo que se considera una prestigiosa revista, sino que es preciso evaluarlo y para eso han sido nombrados Ustedes y les ruego que me corrijan si me equivoco. El prestigio lo da el trabajo de calidad y no es el prestigio el que hace que el trabajo tenga calidad. Personalmente, creo que con lo de las revistas indexadas puede estar sucediendo como con lo de las agencias de rating en el contexto de la actual crisis económica, que pueden constituir núcleos de poder para especular, creando burbujas, que no responden a la realidad. Nuevamente, no he podido comprobar si en el expediente justifican que mis publicaciones no tienen la suficiente calidad y cuáles son los errores que tienen, si son metodológicos o de fondo. Espero que no sea que Ustedes no examinan las publicaciones o, si extrapolamos el tema a la docencia, cuando examinan a un alumno, no leen su examen, sino que le preguntan que en qué centros ha estudiado y según sea el centro y la opinión que les merezca dicho centro así lo califican, sin prestar atención al verdadero objeto, que es el texto redactado por el alumno.
4) No entiendo lo que me dicen de que hay "un predominio del ámbito local de sus (mis) publicaciones, de las que con frecuencia es (soy) editor y autor". ¿Se refieren a que dedico estudios a localidades específicas? No creo, pues coincidirán conmigo en que es científico partir de la realidad concreta y todo es local y Nueva York no deja de ser tan local como Dalías, mi pueblo. Si se refieren a que publico mucho en Almería y últimamente, desde que creé una Fundación en el año 2003, publico con ella, pues he de decirles que disiento de Ustedes. Como comprenderán, he de apoyar a la Fundación que he creado, conjuntamente con otros profesores, aparte de que considero que debemos apoyar lo nuestro y no lo ajeno -y se debería fomentar más lo propio y si lo hiciéramos seguramente nos iría mejor- para ponerlo en valor, tratando de darle una proyección internacional y en eso no les quepa la menor duda de que lo estoy haciendo desde la Fundación y las publicaciones que realizamos llegan a las más recónditas partes del mundo y le puedo pasar una relación de centros de investigación nacionales e internacionales que compran a la Fundación sus publicaciones, desde Japón hasta Estados Unidos, pasando por Alemania, Italia, Francia, Reino Unido y también Catar/Qatar, Líbano, Egipto, Marruecos y un largo etcétera. De nuevo, echo en falta que entren Ustedes o sus informantes en las publicaciones, en este caso la Biblioteca de al-Andalus, y digan si tiene calidad o no, independientemente de si soy autor y editor.
5) Llegados a este punto, he de referirme a otro tema importante, diferente a la indefensión en que me dejan al utilizar expresiones tan vagas como "la calidad de la actividad docente y de la formación docentes son también susceptibles de mejora", sin poder comprobar si en el expediente completo descienden a niveles concretos. Antes, sobre este punto, quiero resaltar que en los informes se observan valoraciones contradictorias que desconozco al no haber podido consultar el expediente completo a cuál de ellas han hecho caso, pues mientras que en uno se indica que "no se aportan datos sobre la evaluación de la docencia", en el otro se dice que la "actividad [docente] se ha visto reconocida con la concesión de 4 quinquenios y altas notas en evaluaciones de los alumnos". )La calificación de 22 sobre 35 obedece a que han hecho caso al primer informe? No es una cuestión baladí, pues con tres simples puntos más estaría habilitado. Si revisan Ustedes en detalle la documentación que les presenté, y les pido que lo hagan, comprobarán que el último informe que habla de indicios de calidad está en lo cierto. Por otro lado, me da la impresión de que a quienes hemos presentado 3 tramos investigación nos han puntuado directamente con 45 sobre 55, sin mayor consideración. Estimo que, por lo pronto, en mi caso no han tenido en cuenta que el tercer sexenio lo obtuve en 2005, por lo que en breve, en 2011, solicitaré el 4º, contando ya con 4 grandes libros publicados en esos años. Solicito, por tanto que lo tengan en cuentan.
El punto importante al que quiero referirme ahora es el agravio comparativo y el trato discriminatorio. Ya no tanto porque los méritos que he aportado en mi solicitud sean similares o incluso mayores que varios catedráticos en activo, ya sea en mi Área de Conocimiento, ya sea en otras (y puede comprobarse fácilmente contrastando esos currículos), sino basándome en particular en el caso de Dña. Luisa María Arvide Cambra, de mi misma Área de Conocimiento y de mi misma Universidad y que Ustedes mismos han aprobado recientemente (les adjunto copia del certificado del Consejo de Universidades donde consta como fecha de resolución de la habilitación el 17 de junio de 2010). Ustedes disponen de ambos currículos y pueden contrastarlos. Hay una desproporción grande entre los proyectos de investigación que hemos dirigido uno y otra y entre el número de publicaciones, tanto en forma de libros como de artículos, aparte de si se entra en la envergadura y la calidad de los mismos, y de congresos también, en todos los casos a favor mío. Uno de los temas en los que tiene algo más que yo hasta el momento la Profesora Arvide es una tesis dirigida, que obtuvo la calificación de "apto por mayoría" (el acto público de defensa está grabado y pueden contrastar el resultado de la misma. Si lo desean, para que puedan visionarla, la puedo colgar en youtube). En mi caso, estoy dirigiendo en la actualidad dos tesis y sólo he dirigido una tesina, presentada por D. Antonio Rodríguez Figueroa en la Universidad de Granada. Les puedo asegurar que no es fácil dirigir tesis sin que den una beca de investigación al doctorando. El cómo se dan esas becas en los proyectos es un tema sobre el que seguramente sería conveniente detenernos, pero no lo voy a hacer ahora para no apartarme del asunto fundamental, aunque tengo bastante información que puedo facilitarles y hacer pública para que se interesen por el tema y Dña. Maribel Fierro Bello, que tienen Ustedes entre sus expertos informantes, les puede informar sobre las concesiones y los procedimientos, pues en estos momentos tiene más de cinco becarios concedidos, mientras que a otros proyectos, como el mío, se nos ha negado la concesión de una simple beca. El colmo sería, desde mi punto de vista, que ahora se quiera utilizar este punto para denegar mi solicitud, que no es de concesión de una cátedra, pues eso lo tiene que decidir un tribunal, sino para tener una autorización con el fin de poder optar a ella. Aún así, he conseguido que dos personas estén en estos momentos trabajando en sus tesis y estén realizando buenos progresos en las mismas. Además, creo que se debe tener en cuenta que, en mi caso, dirijo, a través de un proyecto, quizás atípico, a más de 100 investigadores, entre los que se encuentran varios doctorandos, pero también muchísimos profesores titulares e incluso un buen número de catedráticos; les puedo asegurar que es una experiencia que suple la que podría tener como director de tesinas y tesis al ser muy enriquecedora, una experiencia de la que no muchas personas, sean titulares, como yo, o catedráticos, como Ustedes, se pueden vanagloriar, aunque no sea yo precisamente de los autocomplacientes y por ello creo que estoy por dar mis mejores frutos. Desde la Fundación Ibn Tufayl, además, he impartido cursos y dado becas, formando a investigadores que están haciendo sus tesis doctorales.
6) Quiero recordarles lo que dice nuestra Constitución en relación con la igualdad ante la ley y mérito y capacidad en el acceso y desempeño de la función pública, pues es de obligado cumplimiento. La Constitución en su art. 14 establece que "los españoles son (somos) iguales ante la ley..." y en su art. 23.2 especifica que "los ciudadanos tienen (tenemos) derecho a acceder en igualdad a las funciones y cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes". La Administración, en este caso Ustedes como Comisión, está sujeta (están sujetos) a estos preceptos constitucionales citados, así como a los que ahondan (art. 103) en la objetividad, imparcialidad y eficacia de la actuación adminitrativa.
Hay quien dice que la habilitación de la Profesora Arvide ha sido debida a que su familia tiene una buena relación de amistad con uno de los catedráticos, e incluso aportan más datos (que sabe latín -no sé si lo dicen textualmente o metafóricamente o quizás con doble sentido-), extremos estos que, aunque se pueden tratar de comprobar, me resisto a creer que sean ciertos por todo lo que supondría de delito punible por presunta prevaricación. Quiero creer que Dña. Luisa María Arvide Cambra se merece la habilitación y ante ello, de lo que no tengo ninguna duda es de que yo también me la merezco, pues a la vista de los currículos queda muy claro y Ustedes tienen ambos curriculos. Han juzgado el de la Profesora Arvide y le han dado la habilitación y tienen ahora que valorar el mío, con unos pocos meses de diferencia.
7) Les insisto en el agravio comparativo y el trato discriminatorio que supondría, a mi entender y espero que también al entender de cualquier instancia que revise el tema, el que a la Profesora Arvide se le haya habilitado y a mí no. En este tema del agravio comparativo y el trato discriminatorio ya se ha establecido jurisprudencia. La sala tercera de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en su sentencia 635 de 2006, falló contra la ANECA y la Dirección General de Universidades anulando sus resoluciones, a favor de una demandante que se hallaba en una situación similar a la mía. La parte actora alegó que la ANECA incurrió en trato discriminatorio, vulnerando el principio constitucional de igualdad, en concreto aducía que otra solicitante, con iguales o menores méritos, sí obtuvo informe favorable a efectos de poder ser contratada como profesora colaboradora. La sentencia concluye que "obran en autos datos que permiten deducir la existencia de un trato desigual carente de justificación". En aquel caso, la Sala no quiso entrar en si se infringía el principio constitucional de igualdad y concluye con "la anulación de las resoluciones impugnadas, debiendo de señalarse que la situación de autos es fruto, no de la mala fe, sino de un error derivado del elevado número de evaluaciones a realizar y de la complejidad de las mismas". Es posible que en aquel caso, la parte actora no quisiera entrar en más responsabilidades y optara por la vía administrativa, para arreglar su problema de forma puntual, y no por la vía penal, en la que podría haber dado una clase magistral y haber sentado ya no sólo jurisprudencia, sino también, a su manera, cátedra.
En virtud de lo anteriormente expuesto, SOLICITO
Que, teniendo por presentado este escrito de alegaciones y en virtud de las mismas y de los argumentos legales y factuales contenidos, en particular la indefensión y el agravio comparativo y trato discriminatorio, se revise mi solicitud de acreditación para el cuerpo de catedráticos de universidad y se modifique lo propuesta de resolución, de modo que se conceda la referida acreditación.
Es de Justicia, que pido en Madrid a quince de noviembre de 2010
Fdo.: Jorge Lirola Delgado DNI: 27.494.505-Y Avda. San Juan Bosco, 67, 1º B. 04005 Almería.

Solicitud de expediente administrativo (ANECA)

EXCMO. SR. MINISTRO DE EDUCACIÓN SR. D. ÁNGEL GABILONDO PUJOL
JORGE LIROLA DELGADO, mayor de edad, con DNI nº 27.494.505-Y, Profesor Titular de la Universidad de Almería, con domicilio para notificaciones en Avda. San Juan Bosco, 67, 1º B, 04005 Almería,
EXPONGO:
1) Que con fecha 20 de octubre de 2010, recibido por quien suscribe el 9 del 11 de 2010, Dña. Zulima Fernández Rodríguez, en calidad de Directora de ANECA, me notificó la propuesta de resolución desfavorable a mi solicitud de acreditación para el cuerpo de catedráticos de Universidad, dándome un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones que estimase pertinentes (doc. n1 1).
2) El 15 de noviembre de 2010 me personé en las dependencias de ANECA en Madrid y solicité por escrito (doc. n1 2) a Dña. Zulima Fernández Rodríguez consultar el expediente completo de mi solicitud, en el que debían constar la identidad de los informantes (los autores de los dos informes de expertos) y la evaluación desglosada y justificada según baremo.
3) Hube de presentar las alegaciones sin que pudiera consultar el expediente, por lo que alegué, fundamentalmente, indefensión (doc. n1 3), alegaciones dirigidas a los señores D. Alfredo Morales Gil, Catedrático de Análisis Geográfico Regional de la Universidad de Alicante, como Presidente de la Comisión, D. Carlos Villanueva Abelairas, Catedrático de Música de la Universidad de Santiago de Compostela, Dña. M0. Isabel Ostolaza Elizondo, Catedrática de Ciencias y Técnicas Historiográficas de la Universidad Pública de Navarra, Dña. Arminda Lozano Velilla, Catedrática de Historia Antigua de la Universidad Complutense de Madrid, D. Alfonso García Suárez, Catedrático de Lógica y Filosofía de la Universidad de Oviedo, Dña. Consuelo Ruiz Montero, Catedrática de Filología Griega de la Universidad de Murcia, D. Fernando Cabo Aseguinolaza, Catedrático de Teoría de la Literatura y Literatura Comparada de la Universidad de Santiago de Compostela, D. Antonio Narbona Jiménez, Catedrático de Lengua Española de la Universidad de Sevilla, y Dña. M0. Teresa Gibert Maceda, Catedrática de Filología Española de la UNED, como titulares de la Comisión.
4) Con fecha de 30 de noviembre de 2010, notificada el día 21 de diciembre, se me comunicó la resolución desfavorable a mi solicitud, sin que pudiera finalmente consultar el expediente completo y consumando la indefensión en la que se me dejaba. SOLICITO:
Que sean abiertos expedientes disciplinarios a los funcionarios Dña. Zulima Fernández Rodríguez, por impedirme acceder a mi expediente completo, dejándome en situación de indefensión, y a D. Alfredo Morales Gil (Universidad de Alicante), D. Carlos Villanueva Abelairas (Universidad de Santiago de Compostela), Dña. M0. Isabel Ostolaza Elizondo (Universidad Pública de Navarra), Dña. Arminda Lozano Velilla (Universidad Complutense de Madrid), D. Alfonso García Suárez (Universidad de Oviedo), Dña. Consuelo Ruiz Montero (Universidad de Murcia), D. Fernando Cabo Aseguinolaza (Universidad de Santiago de Compostela), D. Antonio Narbona Jiménez (Universidad de Sevilla) y Dña. M0. Teresa Gibert Maceda (UNED), por resolver sin que pudiera acceder al expediente completo y colaborar en la indefensión en la que se me ha dejado.
Para el caso de que no se considere competente deberá actuar conforme a lo establecido en el art. 20.1 de la ley 30/92, remitiendo este asunto al que considere competente, dando traslado al solicitante Almería, tres de enero de 2011 EXCMO. SR. MINISTRO DE EDUCACIÓN, SR. D. ÁNGEL GABILONDO PUJOL

31/12/10

Como buen deseo para este 2011 me he propuesto, entre otras cosas, acabar con el sistema de informes confindenciales de la ANECA, la ANEP y cualquier otro organismo público. Aunque no lo consiga, lo voy a intentar CON TODAS MIS FUERZAS, que no son pocas.
Y para qué esperar al 2011, por lo que empiezo ya (de hecho continúo, con más fuerza, lo que ya empecé).
Estrategias que voy a seguir:
1) Ir directamente a la cabeza, para lo cual voy a formular una denuncia al Ministerio Fiscal, con pruebas concretas en las que entiendo yo que se han vulnerado derechos fundamentales, con nombres y apellidos, por si fueran prácticas delictivas y punibles, para exigir las responsabilidades oportunas.
2) Ir también a los pies. Todo sistema injusto lo sostienen personas concretas, unas de forma activa y otras precisamente por inactividad y dejar hacer. La experiencia me dice que no habría prepotentes sin cohorte de eunucos. Lo bueno del tema es que, por lo que he podido comprobar, con frecuencia esa cohorte suele ser de personas cobardes, que precisamente, como en este caso, se tratan de ocultar bajo la confidencialidad.
3) La denuncia pública, a través de prensa e internet. Entre otras páginas, iré actualizando con lo que vaya haciendo esta página de denuncias.
También os animo a que todos aquellos que queráis sumaros o simplemente contarme vuestros casos concretos lo hagáis para unir fuerzas. Será más fácil y más gratificante, sobre todo cuando se encuentra a gente que está dispuesta a trabajar por acabar con las injusticias en beneficio de todos, sin intereses particulares. Por favor, hacedlo a: jld@ibntufayl.org
Empiezo a desarrollar el punto 2 y 3 hoy mismo.
No me dejan presentarme a una cátedra que saldrá en breve en Almería. Aunque me hubiera gustado poder hacerlo, no podré, pero por lo menos servirá para que intente acabar, en beneficio de las nuevas generaciones, con ese sistema que considero injusto y que creo que se presta a crear mafias.
Si no me puedo presentar es porque me han emitido informes no muy buenos dos personas. Los posibles candidatos para emitirlos eran: Maribel Fierro, Jorge Aguadé y Francisco Franco, al que también envío copia de este mensaje. Les pregunté si lo habían emitido. Maribel Fierro me contestó que no y los otros dos no contestaban. Después de hacerlo público y volver a preguntarlo en mensaje que envié a todos los catedráticos en activo, explicándoles el caso, Jorge Aguadé me contestó diciéndome que era confidencial y no lo podía decir (le contesté que me resultaba curioso que cuando me dieron un proyecto de investigación me enterara por él mismo de que nos había emitido un informe, sin que entonces tuviera reparos en vulnerar la confidencialidad, y ahora sí la tenía y le pedía que, como experto evaluador, calificara su actuación). Francisco Franco sigue sin contestar. Seguiré preguntándoles. En cualquier acto público que coincidamos, no dudéis que ya tenéis una pregunta que os formularé.
Una de las primeras tareas será saber quién se presta a hacer informes confidenciales, para hacerles comprender que no es justo e incluso es ilegal juzgar a una persona y querer esconderse en la confidencialidad.
¡Por un espléndido 2011! En gran parte, de nosotros depende.