19/2/18

Anulación de la sanción e indemnización (II)

Desde que escribí el anterior artículo ha transcurrido más de un año. El retraso, en gran medida, se debe a que el proceso se está demorando en el tiempo. Tengo que agradecer la buena disposición y receptividad de las máximas autoridades de la Universidad para resolver algunos puntos de la anulación de la sanción. En ejecución de la sentencia, ya firme, se me pagaron los honorarios por el año en el que no me dejaron trabajar, así como los intereses de demora, pero no llegamos a un acuerdo sobre el tema del reconocimiento de daños y perjuicios, por lo que queda un recurso pendiente.

En ese recurso ha contestado Dña. María Ángeles Piedra Fernández, en representación de la Universidad de Almería, a la demanda que formuló mi abogado en la que solicitaba 10.444,08 euros por ese concepto. Me ha sentado muy mal la ligereza con la que la letrada de la Universidad ha contestado a esa demanda. Lógicamente, la Sra. Piedra se opone, pero lo hace de un modo vil. Insinúa que si no se llegó a un acuerdo extrajudicial fue debido a mí y aporta un correo electrónico en el que los mediadores renunciaron a continuar con el proceso, pero se le olvida decir que la razón de esa renuncia fue precisamente que ella se negó a asesorarles, pensando quizás que yo iba a utilizar el asunto en el recurso. No ha sido así. No recurrí al tema, lo que sí ha hecho ella faltando a la verdad. Los mediadores, lógicamente, necesitaban garantías legales sobre si el acuerdo podía llegar a producirse. Era mí deseo haberlo alcanzado y para eso pedí poco cosa más y, sobre todo, un reconocimiento del mal que se me había causado, pero fue la asesoría jurídica la que se negó a asesorarles. Lo puedo acreditar fehacientemente.

Se refiere la Sra. Piedra a lo bien que se portaron conmigo pues, dice textualmente (el subrayado es suyo) que "se procedió voluntariamente al pago de todas las cantidades debidas al Sr. Lirola Delgado, durante el tiempo que estuvo suspendido de sus funciones"... "Pero es que, además, también se procedió al abono de los intereses de demora devengados", que ascendieron a 9.280,08, pues el interés legal era elevado. Lo que olvida decir es que, hubo que exigirlo varias veces en cumplimiento de sentencia y así también se puede acreditar a través de las continuas solicitudes desde el Juzgado.

Entiende la Sra. Piedra que el abono de los intereses  de demora tiene una finalidad resarcitoria de los daños y perjuicios ocasionados, que para ella parecen ser puramente económicos. Y el que yo no me opusiera al desestimiento por parte de la Universidad al recurso que presentó Pedro Molina, de forma unilateral, contra la sentencia que anulaba la sanción, quiere utilizarlo contra mí, como si es que yo hubiera tenido que oponerme a algo que creo de Justicia y que, incluso, solicité reiteradamente. Como he dicho en algunas ocasiones, para mí fue balsámico, pero no suficiente para cerrar todas las heridas abiertas. Lo que más se resintió con la sanción fue, sin duda, la investigación, aparte de las relaciones familiares y de amistades, por mucho que pretendiera yo que no fuera así. Por decisión de Pedro Molina me dejaron sin poder sacar ni un libro de la Universidad obtaculizando mis investigaciones.

De hecho, parte de la indemnización por daños y perjuicios que solicito se apoya en que ese año no se me reconoció para los sexenios de investigación al no acreditar una vinculación con la Universidad y podría haber obtenido el 4º sexenio un año antes de que me fuera concedido después. Es curioso que a esto, que se cuantificó fácilmente por la parte económica que le corresponde, no se refiera para nada la Sra. Piedra. ¿Es que no tiene argumentos contra ello y prefiero obviarlo?

Por mi parte, doné la cantidad íntegra de los intereses y una cantidad mayor, y así también lo haré si se me conceden los daños y perjuicios, a la Fundación Ibn Tufayl, entidad sin ánimo de lucro a la que dedico gran parte de mi esfuerzo, y ha servido para contratar a una persona y desarrollar así proyectos de investigación.

Por último, la Sra. Piedra cree que debía haberme quedado callado cuando me sancionó Pedro Molina, pues se refiere a "filtraciones interesadas a la prensa" y "divulgación de noticias sensacionalistas que no beneficiaban el buen nombre de esta Institución Pública". Debería reflexionar un poco la Sra. Piedra, pues, a lo mejor, lo que hacía daño a la Universidad es que su antiguo Rector actuara con injusticia manifiesta (no lo digo yo, sino un juez) y no el que el apaleado injustamente se quejara en público.


Espero que la Sra. Piedra, en defensa del Patrimonio Público, me apoye en la petición que haré de que se le exija a Pedro Molina el que pague los intereses de demora que ha tenido que abonar la Universidad por su abuso de poder. 

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