22/12/22

Dimisión de Juan Sebastián Fernández Prados como Defensor Universitario. Solicitud

Cuando el 29 de abril de 2019, el rector de la UAL, Carmelo Rodríguez Torreblanca, decidió incoar un expediente disciplinario contra mí por la presunta comisión de 18 faltas graves y muy graves, acudí al Defensor Universitario, Juan Sebastián Fernández Prados, para pedirle su intervención. Este, en todo momento, me dejó, paradójicamente, en indefensión:

1)     No me dijo nunca si aceptaba o no a trámite mi solicitud de amparo, justificando, en caso de no aceptarla, por qué razones. Se debía entender que sí entraba dentro de sus competencias y debía actuar.

2)     Pedí que antes de que el instructor me tomara declaración se me facilitara todo el expediente tal como estaba para saber exactamente de qué, por qué y quién me acusaba, para poder defenderme con pleno conocimiento de causa. Al no facilitárseme esa información, le solicité al Defensor que acudiese a la toma de declaración inicial por parte del instructor nombrado por el rector. Aunque me dijo que iría, no apareció finalmente, dándome después como excusa que no tenía obligación de hacerlo.

3)     Le solicité reiteradamente que tomara declaración a una serie de alumnos, algunos de los cuales llegaron a decir que el expediente era una cacería contra mí. Se negó una y otra vez a hablar con esos alumnos.

4)     Así podría seguir detallando negativas suyas a amparar y defender mis derechos, pero voy a lo sustancial.

5)     Nunca emitió un informe sobre cada una de las supuestas faltas que decían que había cometido. Se limitó a pedir al rector que solicitara un informe externo, sin designar él a una persona independiente que lo hiciera, sino que dejó que el rector eligiera a Juan Manuel del Valle Pascual, de la Asociación para el Estudio del Derecho Universitario, AEDUN, a quien yo había denunciado en la serie Chanchullos University bajo “el gran brujo”  que daba apariencia de legalidad a manifiestas ilegalidades e injusticias maquillando las falsedades con mucho disimulo.

Una persona de confianza que lo conocía desde cuando quiso declararse objetor de conciencia, habló con él y tras ello me dijo bien claro que no iba a hacer nada que supusiera enfrentarse al rector que, indirectamente, lo había nombrado.

La indefensión en la que me dejaron, incluido el Defensor Universitario, no es algo que diga yo solo, sino que lo ha dicho la jueza en su sentencia, recurrida, como no podía ser de otro modo, por un rector al que he denunciado reiteradamente de hacer uso de los bienes públicos en beneficio propio.

Le he pedido personalmente a Juanse, cara a cara y tras explicarle cómo me dejó indefenso a los pies de los caballos, saltándoseme las lágrimas entonces y cada vez que recuerdo esa indefensión, que lo reconozca públicamente y que, si no, dimita. Su contestación fue que "dicha petición está fuera del ámbito de actuación de la Defensoría según el artículo 4 del reglamento de funcionamiento de la Defensoría (apartados 3 y 4): 3. El Defensor Universitario no podrá actuar una vez transcurridos doce meses desde que se produjeron los hechos que motivaron la solicitud de su intervención. 4. En ningún caso, el Defensor Universitario podrá intervenir en asuntos judicializados, ni en procedimientos electorales." ¡Vaya enjuague de conciencia!

Si le quedara un poco de conciencia, reconocería los hechos públicamente, pero ya veo que sus principios, cuando ha de enfrentarse a autoridades, los deja aparcados.

Soy consciente de que los defensores universitarios han sido defensores de las autoridades permitiendo que se pisotearan los derechos de los administrados. Así lo denuncié en Chanchullos University (https://www.youtube.com/watch?v=nrgk8ueVEEw). Pero tener a un defensor que tiene buena prensa lo que hace es maquillar los abusos despiadados de poder de las autoridades de turno. Por eso, lo pido públicamente:

JUANSE, SI, POR HONESTIDAD, NO RECONOCES LA INDEFENSIÓN EN LA QUE ME DEJASTE, POR VERGÜENZA, DIMITE YA.

SI HUBIERAS CUMPLIDO CON EL NOBLE COMETIDO DEL DEFENSOR, NO ME HUBIERAN IMPUESTO UNA INJUSTA Y DURA SANCIÓN Y NO HABRÍA TENIDO QUE ESPERAR CASI 3 AÑOS PARA QUE LA LENTA JUSTICIA ANULE LA SANCIÓN PRECISAMENTE POR LA INDEFENSIÓN EN LA QUE ME DEJASTEIS.

29/10/22

Carta abierta al rector de la UAL, Carmelo Rodríguez Torreblanca

El abogado que eligió usted para el contencioso que interpuse por la injusta sanción que me impuso usted, José Arturo Pérez Moreno, pretende, al oponerse a la ejecución provisional de la sentencia, que la plaza de funcionario que obtuve en concurso público ya no existe ni está dotada y habría que crear un puesto provisional, condicionado a las necesidades de nuestra docta universidad. Según él, esa reincorporación provisional no es posible porque no hay un puesto vacante de profesor de estudios árabes en la UAL. Afirma, con mala fe procesal, que “actualmente no existe una plaza vacante de profesor de árabe dotada económicamente” y añade que tendrían que solicitar autorización de la Comunidad Autónoma para dotarla, con “un perjuicio gravísimo para la UAL, con evidente daño al interés público representado por ella”.

Se le olvida decir que, con la connivencia de usted y de las profesoras del área, han reducido la docencia, eliminando una asignatura como “Claves del Mundo Árabe Moderno”. Además, confunde el Sr. Pérez Moreno la suspensión de funciones con la separación del servicio, que es lo que pretende, pero que no tiene potestad para aplicarla.

Él ya insinuó en el juicio que no sabía yo cuál era la función de un abogado e imagino que se referiría a aquello que dicen los propios abogados de que la ética se debe dejar fuera del juzgado.

¿Comparte usted, Don Carmelo, lo que dice el abogado elegido por usted para representarlo? ¿Le ha dado usted el visto bueno a tamañas tergiversaciones con el objetivo de eliminarme de la Universidad de Almería?

Me consta que comparte, al menos, algunas de las mentiras que dice el Sr. Pérez Moreno, como que yo alteré el servicio docente para, por ejemplo, no permitir que a alumnos que plagiaban se les premiara. Es lo que usted hizo, premiarlos y ser permisivo con el plagio, sancionando a quien quería ejercer con honestidad y profesionalidad su vocación. ¡Vaya sentido de la docencia que tiene usted!

Además, la formación de los alumnos en relación con la época andalusí, una de mis especialidades, parece serle indiferente, con las consecuencias que tiene de diversas formas, como la de que los licenciados que se dedican a la arquología de urgencia hayan tenido que formarse al margen de la Universidad de Almería, o que tuvieran que venir de la Universidad de Málaga primero y ahora de la de Granada para estudiar los yacimientos de la provincia de Almería, para sonrojo de la universidad que usted dirige.

Nunca Don Pedro Molina, su predecesor en el cargo y aquel al que ambos criticábamos, se atrevió a poner en duda mi labor docente, lo que usted sí ha hecho, de forma vil y despreciable. Y él no tardó en reincorporarme cuando el TSJA me concedió la suspensión cautelar de su sanción, sin recurrir a artimañas de que la plaza ya había desaparecido.

Usted sabe que no debía haber sido juez siendo parte al sancionarme, pues así lo entendió cuando retiró el recurso que interpuso Pedro Molina contra la sentencia que anulaba su injusta sanción. Lo sabe cualquier persona con dos dedos de luces: el partido no lo puede arbitrar un miembro de uno de los equipos. Se ha de ser imparcial. Conoce usted que la doctrina del Tribunal Supremo es clara y contundente y, pese a ello, decide recurrir la sentencia que me da la razón y anula su injusta sanción y se opone usted a que se ejecute la sentencia, aunque sea provisionalmente. Quizás ponga toda la resistencia posible a mi reincorporación, que debería de hacer efectiva con presteza, dado que ya lo ha dictaminado el juzgado.

Ojalá los jueces decidan ponerlo en el lugar que merece. Estos se quejan de que la justicia está colapsada, pero claro, si no son contundentes en sus sentencias y no hacen que realmente quien la haga la pague, es comprensible que se les acumule el trabajo y se les complique. Yo, sin duda alguna, voy a trabajar para que así sea y reciba usted la lección que debía tener ya aprendida. No todo vale y tarde o temprano las facturas llegan y hay que abonarlas. Y, como decía Avempace, "no hay mayor felicidad que la tranquilidad de conciencia".

10/10/22

Ejecución provisional de la sentencia estimatoria

La sentencia del Juzgado me ha dado la razón y ha estimado mi recurso contra la sanción de 3 años y 2 meses de empleo y sueldo que me impuso el Rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca.

El pasado 29 de septiembre me notificó el Juzgado que el abogado del Rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca ha recurrido la sentencia. Ese mismo día pedí la ejecución provisional de la sentencia. No se podía solicitar antes pues, de no recurrir, era ejecución definitiva. No obstante, lleva sus trámites. El Juzgado se lo comunica a la Universidad y ésta tiene 5 días para contestar y tras ello ha de pronunciarse el Juzgado. Por lo que sé, no debe haber ningún impedimento para que se me conceda puesto que no provoca ninguna situación irreversible.

Han tardado 8 días en darle traslado a la universidad, el 7 de octubre, por problemas informáticos. Hasta a mí me llegó antes la notificación de apertura de la pieza separada para la ejecución provisional, por correo postal.

Te pido que te solidarices conmigo para que pueda reincorporarme cuanto antes a mi puesto de trabajo y solicites al Rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca que agilice la contestación y no consuma los 5 días hábiles más el de gracia, que nos lleva hasta el 17 de octubre, y al Juzgado que no demore el pronunciamiento, que no es recurrible en caso de que me de la razón y sí en caso contrario.

Ello, además, cuando la jurisprudencia del Tribunal Supremo que he encontrado me da la razón y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía habrá de aplicar la doctrina de la sentencia STS 1412/2002, en tema de casación, que establece que el Rector no puede ser juez y parte y "la imparcialidad del órgano sancionador es una inexcusable exigencia para que el derecho de defensa pueda considerarse debidamente respetado en un expediente disciplinario". En mi caso, la situación fue más grave, pues el órgano que desestimó mi recusación contra el Rector, que era juez y parte, era precisamente el que me acusaba de coacciones e intimidación y por tanto también tendría que haberse abstenido en aras de la imparcialidad.

Me ha resultado llamativo que el abogado del Rector, que debe conocer esa jurisprudencia, la haya omitido entre la mucha que cita, pues deja sin efecto todo lo que dice. De hecho, considero que el Rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca debería de retirar el recurso de apelación, en cuyo caso yo retiraría el mío, para que la sentencia fuera firme y se pudiera ejecutar definitivamente. De lo contrario, si el TSJ de Andalucía, dentro de mucho tiempo, confirma la sentencia, como es previsible, pues si no iríamos a casación al Tribunal Supremo, la decisión de D. Carmelo hará que el erario público, que somos todos, me haya de pagar una considerable suma de dinero, pues a todas las cantidades que tendría que haber cobrado hay que sumar los intereses que para los años 2020, 21 y 22 están en el 3% (3,75% los de demora) y es previsible que próximamente suba aún más.

Solicita, por favor, al Rector que no demore la contestación a la ejecución provisional e, incluso, que se plantee retirar el recurso de apelación por los daños que causa su obstinación (gabinete.rectorado@ual.es) y al Juzgado que no demore el pronunciamiento (AtPublico.JContencioso.3.Almeria.JUS@juntadeandalucia.es).

Sentencia estimatoria que anula la sanción

Me acaban de notificar la sentencia de la sanción que me impuso el rector Carmelo Rodríguez Torreblanca de suspensión de empleo y sueldo de 3 años y 2 meses por, supuestamente, acosar laboralmente a una profesora que es superiora mía, desobedecer las órdenes de un superior que no se atenían a la legalidad, perturbar el servicio en una asignatura y coaccionar e intimidar a los miembros del Consejo de Gobierno. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería ha decidido estimar mi recurso y revocar las resoluciones sancionadoras por no ser ajustadas a derecho.

En una breve sentencia, la jueza estima que se me dejó en indefensión en la tramitación del procedimiento disciplinario por distintos hechos que denuncié en su momento y concluye que, a la vista de la manifiesta indefensión que se me generó, el recurso ha de ser estimado sin necesidad de entrar a analizar los restantes motivos de impugnación alegados que eran muy numerosos.
Por esa parte, la de no analizar y pronunciarse sobre el resto de alegaciones que formulé, la sentencia decepciona, sobre todo porque después de transcurrir un año y tres meses, cuando la ley establece que han de ser diez días como máximo, daba la impresión de que tendría más enjundia.
Nada dice de la cuestión previa más sangrante que alegué y es que el Sr. Carmelo Rodríguez Torreblanca actuó de juez siendo parte, pues él y su equipo eran los superiores a los que supuestamente desobedecí y él y su equipo formaban parte del Consejo de Gobierno al que presuntamente coaccioné. Debía haberse abstenido de intervenir en el proceso y la recusación que presenté contra él debió ser aceptada, pero no, fue rechazada, precisamente por los miembros del Consejo de Gobierno a los que supuestamente intimidé y que también debían haberse abstenido, de modo que hubiera sido otro órgano, como el Claustro o el Consejo Social, el que resolviera la recusación.
Es evidente que la sanción que me impuso Carmelo Rodríguez Torreblanca, en su condición de rector, fue una durísima represión por mis críticas a su vicerrector José Joaquín Céspedes Lorente, que parece tener mucho poder. Incluso es probable que se utilizara mi sanción para acallar cualquier otra protesta o crítica.
Mis críticas nunca han sido contra la institución (soy un defensor de lo público y la Universidad de Almería somos todos los que trabajamos en ella y no únicamente las autoridades elegidas por un electorado que, en muchísimos casos, es fruto del nepotismo que vengo denunciando desde hace mucho tiempo y también de la manipulación de ciertos sectores del alumnado a los que se les ha dado más poder quitándoselo al PAS), sino que mis denuncias han sido a personas concretas, que cito con sus nombres y apellidos, que creo que están abusando de su poder y haciendo un uso de los bienes públicos para beneficio suyo particular. En ese abuso Carmelo Rodríguez Torreblanca llegó a contratar a José Arturo Moreno Pérez para que actuara como abogado, en lugar de la que cobra para ello en la UAL, María Ángeles Piedra Fernández, tratando que un especialista en derecho procesal justificara su durísima e injusta sanción.
La sentencia no es firme y es recurrible. Desde aquí solicito a Carmelo Rodríguez Torreblanca que no siga haciendo uso de los bienes públicos en beneficio suyo privado y, en ese sentido, le pido que no recurra con el dinero público la sentencia que anula la sanción, y asimismo que ejecute la sanción cuanto antes, para que pueda recuperar mi puesto de trabajo y desarrollar así, con normalidad, mi actividad docente e investigadora.

11/7/22

Y la sentencia... ¿para cuándo?


La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Almería, Dña. Ana Fariñas Gómez, debió de emitir la sentencia del procedimiento abreviado 145/2020, sobre la sanción disciplinaria que me impuso el rector D. Carmelo Rodríguez Torreblanca de suspensión de empleo y sueldo de 3 años y 2 meses, en julio de 2021, pero se marchó de vacaciones sin hacerlo.

Le he pedido por activa y por pasiva (y me consta que otras muchas personas también) que no demore la sentencia por la indefensión en la que me deja y asimismo para que no me discrimine pues está emitiendo sentencias de casos posteriores y ha dejado al margen la de mi caso. Me contestaba que estaba en ello, pero que tenía mucha carga de trabajo y que el expediente es muy extenso (en el juicio decía que ya se lo había leído, por lo que me pedía que no le detallara determinadas cuestiones).

Un año después, la pregunta es: ¿volverá a irse de vacaciones sin emitir la sentencia?

Si yo me hubiera ido una sola vez de vacaciones, sin calificar/juzgar a los alumnos, me hubieran sancionado y con mucha razón.

Me dedico a la docencia y a la investigación por vocación, que no solo se  mantiene sino que se ha incrementado con el tiempo. Por eso me están haciendo mucho daño quienes me impiden que la desarrolle. He visto cómo muchos profesores en la universidad pierden la vocación si es que alguna vez la tuvieron y algunos si no tienen un cargo académico no son nadie. Y he visto muchos incumplimientos verdaderamente sancionables, que contrastan con mi caso, que entiendo que he sido sancionado muy injustamente, al igual que en los dos casos anteriores en los que, del mismo modo que ahora, el sancionador hacía de juez siendo parte. Esto es algo intolerable, máxime cuando lo había recusado. Curiosamente, resolvieron la recusación otros que eran también parte, pues habían sido acusación diciendo que yo los había coaccionado (los miembros del consejo de gobierno). He mantenido por activa y por pasiva que el acoso y las coacciones son delitos penales y que debían de haberme denunciado en el juzgado en lugar de tomarse ellos la justicia por su mano de forma interesada.

Los expertos afirman que las sanciones tienen máxima prioridad, por lo que no son contenciosos administrativos al uso por la similitud con lo penal. Yo soy consciente de que en los juzgados unipersonales hay menos garantías que en las salas en las que hay 3 o  5 magistrados y por eso, si no se me diera la razón en primera instancia estoy dispuesto a llegar hasta el recurso de casación para que la sangrante sanción con la que me están marcando quede sin efecto. Con el tiempo transcurrido sin sentencia, ya podría haber habido o estaría a punto incluso en segunda instancia, en caso de que no me la hubiera dado en esta primera instancia.

Juzguen ustedes lo que está pasando...

11/5/22

Declaración como investigado del Profesor Francisco Álamo Felices

 

Esta mañana, en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Almería le han tomado declaración como investigado al Profesor de la Universidad de Almería Francisco Álamo, quien, siendo Director del Departamento, hizo firmar un papel en blanco a los alumnos para luego él cumplimentarlo y denunciarme a la Inspectora de Servicios, María Belén Sainz Cantero.

En su declaración  pretende que les leyó el escrito a los alumnos y que estos mostraron su conformidad antes de firmar, lo cual es, sencillamente, falso.

También ha dicho que el escrito enviado a la Inspección no es una denuncia y que él NO TIENE CAPACIDAD DE INTERPONER DENUCIA ALGUNA. Alucinante.

Como lo han citado como investigado puede mentir impunemente.

A través de su declaración, quiere dar a entender que él convocó a los alumnos ante una anomalía (el que, tras imponerme el rector la sanción, no sabía yo si podía seguir dando clases) y que lo arregló nombrando una sustituta y dando cuenta de la incidencia a la Inspección de Servicios. La realidad es que les indiqué yo a los alumnos que fueran a hablar con el Director para aclarar lo que pasaba y, al parecer, fueron al Decanato y fue entonces cuando los convocó el Director.

Lo curioso del caso es que se da por cierto que el escrito que han enviado las autoridades de la Universidad, con fecha del 29 de noviembre de 2019 (o algunos días después), sin ningún sello de registro, es el verdadero y que él dice que lo es y los alumnos no lo reconocen porque no se les mostró ni leyó ninguno pues lo que les pidio es que firmaran un papel en blanco, como declararon. La jueza Dña. María Belén López Moya, hasta ahora, no ha querido comprobar en el registro de la Universidad en esa fecha y otras posteriores si hay otro escrito presentado, bien a su nombre o a nombre de I.M.R., la primera alumna firmante en el papel en blanco. Es más que sospechoso que el escrito lo entregara Francisco Álamo en mano en la Inspección, pues ese no es el procedimiento y los escritos se registran. ¿Qué diría la jueza si quisiera entregarle yo o mi abogado un papel en mano?

Es, por tanto, factible que mienta Francisco Álamo sobre el hecho de que ese escrito sin registrar sea el verdadero y que, con la connivencia de María Belén Sainz Cantero y alguna otra autoridad, ahora lo hagan pasar por cierto, para que no se acredite parte del acoso laboral al que me han sometido y que he denunciado. Si apareciese el escrito registrado todo cambiaría.

Francisco Álamo se ha negado a contestar las preguntas de mi abogado, por lo que, aparte de por qué entregó el papel en mano y si ese es su procedimiento habitual, tendría que haber contestado a numerosas preguntas, entre las que destaco si le pidieron los alumnos que enviara el escrito a la Inspección de Servicios y por qué lo envió a esa instancia; si recibió la notificación de mi sanción, tal como se indica en la resolución; si entendía que debía ser yo quien siguiese dando las clases y si habló en ese sentido conmigo; si preguntó a alguna instancia superior qué se debía de hacer (como hice yo), etc.

La jueza habrá de tomar testimonio a algunos alumnos que quedan por testificar. A ver qué decide después, si ordena alguna diligencia de instrucción, como las que yo le he pedido, para aclarar todos los extremos, o si quiere archivarlo sin más, como intentó la primera vez.

La Inspectora de Servicios de la Universidad de Almería, María Belén Sainz-Cantero Caparrós no abrió ningún expediente ante el hecho de que un profesor, que además es el Director, prevaliéndose de su cargo, haga firmar a unos alumnos un papel en blanco. ¿Lo abrirá finalmente o seguirá la máxima que me ha demostrado de que solo a las personas críticas con las actuaciones del equipo de gobierno se les abre expediente? UNA AUTÉNTICA VERGÜENZA.

8/5/22

¿Un quijote contra molinos?

A quienes piensan que soy un quijote luchando contra molinos, les digo que se equivocan, pues los molinos son las instituciones y yo no estoy contra ellas, ni siquiera contra las personas que se apropian de esos molinos públicos/instituciones para hacer un uso privado de los mismos, sino que estoy contra las actitudes que mantienen esas personas que se quieren apropiar de lo de todos para su beneficio particular.

Como decía más de uno, el poder no tiene porqué ser corrupto, sino que atrae a los corruptos. Y el problema es que les dejamos que lleguen a tener ese poder para hacer y deshacer a su antojo y apartar vilmente a quienes les molestan.

También estoy contra quienes amparan a los prepotentes de forma activa, cuando tienen la potestad, e incluso la obligación, de actuar para que no sea así y de desenmascarar esas actitudes prepotentes y abusivas del poder que tienen.

No entiendo y pido que reflexionen quienes piensen, que es perder el tiempo intentar cambiar la cosas y luchar contra esas actitudes prepotentes y también contra quienes las amparan de forma activa, pues, en verdad, lo que hacen es contribuir de forma pasiva a que se perpetúen. En cierto modo, también, son responables de que se haga un uso privado de lo público con esa actitud derrotista.

Por eso, les pido, que dejen de considerarme un quijote luchando contra molinos. Llevaré mi lucha hasta sus últimas consecuencia (si quieren crucificarme los prepotentes y quienes los ampara, que lo hagan; será gritando y ante la pasividad del resto), pues tener por compañeros de viaje a gente así no merece la pena.

Siempre he sido un defensor de la universidad pública y he trabajado y trabajaré por ella, en la que estamos un amplio colectivo de personas. Estoy en contra, eso sí, por lo pronto, de la falta de escrúpulos y de la desvergüenza del actual rector de la UAL, Carmelo Rodríguez Torreblanca, del que se postula a sucederle como rector, el vicerrector José Joaquín Céspedes Lorente, y de la inspectora de servicios, María Belén Sainz-Cantero Caparrós. Si tuvieran algo de dignidad, me denunciarían por calumnias para que un juez independiente investigue los hechos y se pronuncie sobre los mismos, entre ellos si he acosado a un profesora y si he coaccionado a los miembros del Consejos de Gobierno. NO TIENEN VERGÜENZA.

 ¿TIENEN DIGNIDAD?

 

6/5/22

La profesionalidad de la jueza María Belén López Moya

        

  El profesor de la UAL Francisco Álamo Felices hizo firmar a los alumnos de Lengua árabe de primer curso un papel en blanco, prevaliéndose de su rango de Director de Departamento, para luego denunciarme a la Inspectora de Servicios María Belén Sainz-Cantero. Ante la jueza María Belén López Moya, los alumnos declararon que, efectivamente, les hizo firmar el papel en blanco y que no era su intención denunciarme. No reconocieron el papel que supuestamente había cumplimentado el Director de Departamento y que había presentado las autoridades de la UAL ante el Juzgado, solo el de sus firmas.

 Dado que en el escrito presentado por las autoridades universitarias no  consta ningún sello de entrada o de salida, por lo que ha podido ser confeccionado expresamente en sustitución de otro que sea el realmente registrado (es más que sospechoso que Francisco Álamo lo presentase en mano a la Inspectora), le he pedido a la jueza María Belén López Moya, entre otras cosas, lo siguiente:

“Segunda [petición]: Se pida al Registro General de la Universidad de Almería que se compruebe si en los meses de noviembre y diciembre de 2019 consta un escrito presentado como primera firmante por Dña. I. M. R. [es la alumna que aparece como primera firmante], que podría corresponder al realmente presentado.

Tercera: Se pida al Registro de la Universidad de Almería que se comprueben los escritos presentados por registro (telemático y presencial) por D. Francisco Álamo Felices entre los meses de septiembre de 2019 y julio de 2020, ambos incluidos, para comprobar si consta un escrito sobre el tema pasado por registro y que fuese realmente el original, por un lado, y, por otro, si era norma en otros casos que presentara por registro otros escritos en lugar de entregarlos en mano.

Cuarta: Se pida al Registro de la Universidad de Almería la relación numérica de los documentos presentados en él durante el día 29 de noviembre y los presentadores de los mismos (registro presencial y telemático) para comprobar que no haya sido eliminado ningún escrito presentado que pudiera ser el que realmente se presentó.”

La jueza María Belén López Moya, en auto que no se puede recurrir, no ha aceptado las peticiones 3ª y 4ª, porque, según ella, “el escrito ... ya consta incorporado en las actuaciones”  y, aparentemente ha aceptado la 2ª, si bien al no explicitarlo en la parte dispositiva y por la peregrina justificación que da no parece tampoco aceptarla.

Se supone que investiga si ha podido haber falsedad documental, pero da por supuesto que el escrito presentado por las autoridades, sin pasar por ningún registro y estimando yo que son parte interesada esas autoridades, no puede ser falso, sino que es el auténtico sin que quepa ningún lugar para la duda. ¡Vaya profesionalidad la de la jueza María Belén López Moya!

Adivinen, ante sus actuaciones, lo que va a decidir. Seguro que dirá que no se corresponde exactamente lo que ha investigado con el delito de falsedad y se inhibirá. No comprobará nunca si ha habido un cambiazo en el papel ni lo tratará como parte del acoso que el Director del Departamento, Francisco Álamo Felices, conjuntamente con María Belén Sainz-Cantero y otras autoridades. Ésta, al servicio del rector Carmelo Rodríguez Torreblanca, no ha tratado el tema de que un profesor, que además es el Director del Departamento, haga firmar un papel en blanco a los alumnos, para luego denunciar a otro profesor, como falta muy grave en la que un superior abusa de un subordinado, ni lo tratará nunca. A ella no le interesa ocuparse de denuncias relativas a profesores que no cumplen con sus funciones de dar clase y de otros que abusan de los subordinados, sino de aquellas personas que le resultan molestas al rector que la ha nombrado. De la ética de la Señora Sainz-Cantero me he ocupado y me seguiré ocupando en otros artículos, todos los cuales le envío a ella,  a ver si cree que atento como su honor y dignidad y pide que un juez lo investigue llegando al fondo.

La querella que presenté el 10 de septiembre de 2020 y que recayó en el juzgado de la Sra. López Moya era contra Carrmelo Rodríguez Torreblanca, María Belén Sainz-Cantero Caparrós, Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano, Luisa María Arvide Cambra, Francisco Javier García González, Francisco Javier García González, Francisco Felices Álamo y José Joaquín Céspedes Lorente, por los delitos de injurias graves (art. 208-210), calumnias graves (art. 205), falsedad (art. 390), prevaricación administrativa (art. 404), y acoso laboral (art. 173), por los hechos que se detallan prolijamente en la interposición de la querella.

La jueza López Moya sobreseyó la querella sin instruir diligencia alguna. Tras recurrir su decisión, los jueces de la Audiencia Provincial Soledad Jiménez de Cisneros y Cid, Alejandra Dodero Martínez y Luis Durbán Sicilia decidieron ratificar la decisión de su colega, salvo la posible comisión de un delito de falsedad documental, que es el que se supone que instruye la jueza María Belén López Moya.

En el recurso que presenté ante los mencionados jueces de la Audiencia Provincial les dije lo siguiente: 

 

“Yo, Jorge Lirola Delgado, el querellante y abajo firmante, mantiene, hasta donde sea necesario, que D. Carmelo Rodríguez Torreblanca, Dña. María Belén Sainz-Cantero Caparrós y D. Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano me han calumniado al atribuirme los delitos de acoso laboral y amenazas y coacciones y me han injuriado con una serie de afirmaciones que me convierten de cara a los demás en un mal docente que incumple con sus obligaciones académicas; que D. José Joaquín Céspedes Lorente, Dña. Luisa María Arvide Cambra y D. Francisco Álamo Felices se concertaron para cometer el delito de fraude, materializado el día 31 de enero de 2019; que Dña. Belén Sainz-Cantero Caparrós, D. Francisco Álamo Felices y Dña. Luisa María Arvide Cambra recurrieron a la falsedad documental para que yo fuese sancionado duramente; que D. Carmelo Rodríguez Torreblanca actuó injustamente y con pleno conocimiento de su injusticia cuando quitó las competencias al Departamento de Filología en relación con la ordenación docente para concederlas al Vicerrectorado de la persona nombrada por él, D. José Joaquín Céspedes Lorente, vulnerando mis legítimos derechos; y que, igualmente, ha actuado muy injustamente y con pleno conocimiento de que así lo hacía al sancionarme con 3 años y 2 meses de suspensión de empleo y sueldo; y que Dña. Luisa María Arvide Cambra, D. Francisco Javier Aguirre Sádaba y D. Francisco Javier García González han venido acosándome laboralmente desde el año 2012, acoso al que se sumaron en 2019 D. Carmelo Rodríguez Torreblanca, D. José Joaquín Céspedes Lorente, Dña. María Belén Sainz-Cantero Caparrós y D. Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano.

Considero que la negativa a investigar los hechos por los que he presentado la querella por parte de la jueza Dña. María Belén López Moya es, cuando menos, una falta de profesionalidad absoluta. Dicha jueza, por no hacer, siquiera me ha convocado para ratificarme en la querella presentada, lo que debería haber sido el primer paso, y debería hacerlo, para que mirándonos a lo ojos me diga que no va a investigar penalmente los hechos por los que entiendo que unos desalmados han decidido, calumniándome e injuriándome, que, durante nada menos que tres años y dos meses sea apartado de lo que ha sido y sigue siendo mi vocación profesional. Es posible que ella haya perdido la vocación por hacer Justicia (con mayúscula) y quizá por eso no alcance a comprender lo que supone en mi vida profesional y personal que, falsamente y recurriendo a actos delictivos, me aparten de mi vocación y mi ejercicio profesional del que vivo yo y mi familia, estigmatizando mi honor de cara a mi familia, amigos, alumnos y la sociedad en general. Y le ruego encarecidamente que actúe con profesionalidad para llegar al fondo de la querella que he presentado, actuando contra mí si es que son falsos los hechos, porque mantengo y mantendré las acusaciones hasta donde haga falta y, sin duda, de ser falsas mis acusaciones estaría cometiendo un delito de falsa denuncia (art. 456 del código penal), que no debería quedar impune, aparte de atentar contra el honor de las personas a las que imputo delitos penales, que habrían de ser ellas, por Ley, las que actuaran contra mí, si bien debería Usted de ponerlo en conocimiento de las mismas para que pudieran ejercer su derecho como lo estoy ejerciendo yo y lo ejerceré hasta donde sea necesario.”

 

SEGUIRÁ... hasta comprobar si los citados, especialmente Carmelo Rodríguez Torreblanca, el actual rector, y José Joaquín Céspedes Lorente, que se postula para sucederle, tienen dignidad (el problema siempre no es que existan prepotentes, sino que haya cohorte de eunucos dispuestos a defenderlos).

 

        En cuanto al contencioso que interpuse contra la sanción, después de más de 10 meses de que quedara listo para sentencia, la jueza Ana Fariñas Gómez sigue sin emitir sentencia...