19/7/19

Indemnización por daños y perjuicios de una sanción injusta



A finales de 2011 Pedro Molina García, entonces Rector de la UAL, me sancionó injustamente con una suspensión de empleo y sueldo de 4 años y 3 meses. Lo de injusta no lo digo yo, sino que lo estableció el magistrado que juzgó el caso. Ya antes, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía había concedido la suspensión cautelar de la sanción, por los daños y perjuicios que se podrían estar produciendo. Hubo de ser en segunda instancia pues el magistrado Antonio Luis García Valverde la había denegado en primera instancia, injustamente.



Celebrado el juicio por los daños y perjuicios a principios de este año de 2019, la Universidad de Almería fue condenada, en sentencia firme, a pagar la indemnización que pedí, además de tener que abonar las costas y los intereses de demora.



Aunque ninguna indemnización puede reparar los graves daños y perjuicios de todo tipo que me ocasionó Pedro Molina García con su injusta sanción, al menos supone un reconocimiento y sirve de paliativo. 

A día de hoy, la Universidad de Almería aún no ha hecho efectiva la indemnización y ello porque la abogada de la UAL, María Ángeles Piedra Fernández, ha pedido una aclaración a la jueza sobre desde qué fecha se han de pagar los intereses de demora, algo que, según ley, parece fácil de determinar, pero que la abogada de la UAL parece desconocer.



Espero que la Universidad no demore por más tiempo el pago de la indemnización y repare así lo que, por sentencia firme, ha de reparar.

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